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El Supremo cierra el caso del fraude del lino

El Alto Tribunal absuelve a los 18 acusados de la supuesta estafa en el cobro de subvenciones europeas

El Tribunal Supremo ha absuelto a los 18 acusados por el caso del supuesto fraude en el cobro de subvenciones europeas en el sector del lino textil en una sentencia que ratifica así la dictada por la Audiencia Nacional el pasado 23 de abril de 2007, que consideró que no existió delito. La presunta estafa de tres millones de euros consistió en un acuerdo entre productores y la industria transformadora para inflar artificialmente la producción entre 1998 y 2000. La Unión Europea sancionó a España con la pérdida de 113 millones de euros en ayudas.

Sin embargo, el Supremo avala los argumentos de la Audiencia Nacional, que consideró que la actuación de los acusados, para quienes la Fiscalía Anticorrupción pedía entre siete meses y tres años de prisión, fue correcta, puesto que entre los cultivadores de lino y los transformadores del producto no había ningún tipo de "connivencia falsaria".

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La Audiencia Nacional estimó que "la profusa labor de investigación y control" efectuada por las Comunidades Autónomas para vigilar el cumplimiento de los requisitos exigidos por la UE para el abono de las subvenciones nunca debió rebasar los límites del ámbito de inspección administrativa.

El Tribunal Supremo deja sin efecto el auto aclaratorio por el cual se imponían las costas de la defensa ejercida por dos de los acusados -los dos que lo solicitaron- a la Comunidad de Castilla-La Mancha, que presentó posteriormente un recurso de casación. Así, el Alto Tribunal determina que en la acusación particular ejercida por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha no se aprecia temeridad y mala fe, como alegaban los recurrentes, que justifiquen su condena a pagar las costas.

Según la sentencia, tanto las autoridades españolas como las europeas se mostraron convencidas de "la existencia de un fraude generalizado entre las empresas destinadas a la transformación de la varilla de lino", sustentado en "la imposibilidad de transformar lo que las transformadoras certifican". Sin embargo, la Audiencia Nacional primero, y ahora el Tribunal Supremo, mantienen que las pruebas practicadas en el juicio permitieron llegar a la conclusión de que los acusados actuaron correctamente.

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