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El Supremo retira el carné al diputado del PP que dio positivo en una prueba de alcoholemia

Ignacio Uriarte, ex vocal de la Comisión de Seguridad del Congreso, deberá pagar una multa de 2.400 euros

Ocho meses sin carné y una multa de 2.400 euros. Esta es la condena que el Tribunal Supremo ha impuesto al ex vocal de la Comisión de Seguridad Vial en el Congreso y presidente de Nuevas Generaciones del PP Ignacio Uriarte, de 30 años. El político popular dio positivo en una prueba de alcoholemia hace 11 meses, tras verse involucrado en un accidente de tráfico.

Uriarte ha acudido personalmente este lunes a recoger la sentencia, que ha sido dictada tras alcanzar la defensa del diputado un acuerdo de conformidad con la Fiscalía del Tribunal Supremo, lo que ha evitado la celebración del juicio. A la salida del alto tribunal, Uriarte ha manifestado que había venido a cumplir, "consciente de la imprudencia" que cometió, y "con toda la responsabilidad como cualquier ciudadano".

El pasado 19 de febrero el vehículo que conducía Uriarte chocó contra otro que estaba parado, provocando "pequeños daños", según fuentes populares. La policía municipal sometió a Uriarte a un prueba de alcoholemia, donde dio 0,50 miligramos de alcohol, un poco más del doble permitido. El Código Penal considera delito una concentración de 0,60 miligramos por cada litro de sangre.

La de este lunes es la segunda ocasión en la que Uriarte acude al alto tribunal, donde ya compareció el pasado 13 de diciembre para prestar declaración por estos hechos ante el instructor de la causa, Joaquín Giménez. El juez de Instrucción número 1 de Madrid, Pedro López Jiménez, a quien había correspondido inicialmente la averiguación de lo ocurrido en el accidente, se inhibió en favor del Supremo ya que Uriarte tiene la condición de aforado y correspondía al alto tribunal la tramitación de la causa contra él.

La Asociación Estatal de Víctimas de Accidentes ha lamentado que el tribunal no haya impuesto a Uriarte la obligación de realizar un curso de reeducación en seguridad vial o trabajos en beneficio de la comunidad. Desde la entrada en vigor, el pasado diciembre, de la última reforma del Código Penal, los jueces pueden elegir entre una multa, cursos de reeducación o trabajos en beneficio de la comunidad en los delitos contra la seguridad vial que no implican penas de prisión. Antes de la reforma, la condena llevaba aparejada una multa económica y el curso o los trabajos en beneficio de la comunidad.

Uriarte, en una imagen de archivo del pasado marzo.
Uriarte, en una imagen de archivo del pasado marzo.EFE

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