La Justicia anula los servicios mínimos de la última huelga de metro
El Tribunal Superior de Madrid considera que Transportes vulneró el derecho fundamental de los trabajadores a parar.- El gobierno regional recurrirá
La Consejería de Transportes e Infraestructuras acaba de recibir un revés judicial sobre la huelga de metro del pasado verano, la gran protesta que dejó Madrid dos días -29 y 30 de junio- con el metro parado y que todavía trae cola. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en una sentencia notificada ayer a la que ha tenido acceso EL PAÍS, considera que la Consejería no estableció "con la necesaria determinación los criterios para identificar los servicios establecidos como esenciales" y, por tanto, vulneró el derecho fundamental de los trabajadores a la huelga.
La sentencia responde a una denuncia presentada por CC OO contra los servicios mínimos que fijó la Comunidad para el primer día de la huelga, el pasado 28 de junio. De manera general, Transportes consideró que debían funcionar el 50% de los trenes, a lo que el tribunal responde ahora que deberían haber hecho diferenciación entre horas punta y horas valle y un estudio de los recorridos coincidentes con otros servicios de transporte público.
El sindicato también denuncia que para esos días de paros, la Comunidad nombró al 75% de los jefes de depósito, el 60% de jefes de estaciones (vestíbulo, agente de taquillas) e igual cantidad de jefes de línea. Comisiones les acusa incluso de "una presunta prevaricación por olvidar lo establecido en anteriores resoluciones judiciales respecto a similares huelgas" que el TSJM no ha apreciado.
La Comunidad de Madrid ya ha anunciado que recurrirá la sentencia ante el Tribunal Supremo y destaca que el fallo del TSJM señala que no hubo prevaricación por parte de la Consejería de Transportes e Infraestructuras. "Sorprende que el tribunal haya fallado en contra de la opinión de la Fiscalía que había solicitado la desestimación del recurso de CC OO contra los servicios mínimos", afirman fuentes de la Consejería y añaden que resulta "desconcertante" que el juez ponente plantee nuevas obligaciones a las que no hizo referencia en sentencias anteriores.

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