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El acoso al juez Garzón

Trece contra Garzón...

La decisión de Garzón de abrir una causa contra Franco y otros 44 miembros de sus Gobiernos por delitos contra Altos Organismos de la Nación y la forma de gobierno, y por miles de detenciones ilegales con desaparición de personas en un marco de crímenes contra la humanidad, fue adoptada con falta de competencia objetiva, según 13 de los magistrados del pleno de la Sala Penal de la Audiencia.

Los magistrados consideraron que el levantamiento militar del 17 y 18 de julio de 1936, que desencadenó la Guerra Civil, no fue un delito contra Altos Organismos de la Nación y forma de gobierno, sino un delito de rebelión, que no es, ni ha sido nunca, competencia de la Audiencia Nacional.

La decisión de los jueces dejó sin efecto todos los actos y resoluciones del juzgado de Garzón posteriores al 16 de octubre de 2008, cuando se declaraba competente para investigar aquellos crímenes. La mayoría no quiso pronunciarse sobre la posible prescripción de los delitos, sobre la posible aplicación de la Ley de Amnistía de 1977 o sobre si los hechos que se pretendían investigar estaban indiciariamente acreditados, si eran constitutivos de delitos y si había personas responsables de los mismos.

Más información
Los jueces del punto final

El pleno de la Sala Penal advirtió de que su resolución no afectaba al legítimo derecho de las víctimas de la Guerra Civil (todas) y la dictadura del general Franco a recuperar los restos de sus seres queridos.

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