EFE - Madrid - 18/03/2010
El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto a la alcaldesa de Hernani (Guipúzcoa), Marian Beitialarrangoitia (ANV), de un delito de exaltación del terrorismo de ETA al pedir en 2008 un aplauso para los presuntos autores del atentado en la T-4 de Barajas, por el que fue condenada a un año de cárcel y siete de inhabilitación.
La alcaldesa de Hernani, Marian Beitialarrangoitia (ANV) pide un aplauso para los etarras Portu y Sarasola. Los asistentes al acto comienzan a gritar: 'El pueblo no perdona'. -
Así lo ha acordado la Sala de lo Penal del Supremo, que ha estimado el recurso interpuesto por Beitilarrangoitia contra la sentencia dictada por la Audiencia Nacional en junio de 2009 al considerar que los hechos no constituyen delito, según han informado fuentes del alto tribunal.
El pasado 18 de febrero el fiscal reclamó en una vista pública al TS que confirmara la resolución de la Audiencia Nacional, mientras que el abogado de la alcaldesa, Iñigo Iruin, pidió su absolución porque, a su juicio, se había vulnerado su derecho a la libertad de expresión e ideológica.
El tribunal que ha estudiado este asunto está integrado por los magistrados Joaquín Giménez -quien será el ponente de la sentencia-, Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Luciano Varela y José Antonio Martín Pallín.
La alcaldesa declaró en el juicio que el 12 de enero de 2008 pidió ese "chaparrón de aplausos" para los etarras Igor Portu y Mattin Sarasola en el acto de presentación de las candidaturas de Acción Nacionalista Vasca (ANV), en el polideportivo Anaitasuna de Pamplona (Navarra), como "una expresión puntual de cariño" ante los presuntos malos tratos que sufrieron en su detención.
La Audiencia Nacional consideró "indiscutible" que "tenía escrito el discurso que iba a pronunciar" y estimó probado que con él ensalzó a los presos de ETA, lo que constituye un delito de enaltecimiento del terrorismo. Con sus palabras, según la sentencia, "consiguió el absoluto respaldo a sus afirmaciones, concitando así el compartir la idea que le merecen a la acusada los presos de la organización terrorista ETA, cuyo abrazo y cariño transmitió".
La resolución de la Audiencia Nacional contó con el voto particular discrepante de la magistrada Ángela Murillo, quien concluyó que debía haber sido condenada por injurias a las fuerzas de seguridad del Estado, y no por enaltecimiento, por haber tildado a los agentes de la Guardia Civil en su discurso de "torturadores". Según las mismas fuentes, la sentencia del Supremo contará con un voto particular discrepante.
En el atentado de la T-4 en el aeropuerto de Barajas el 30 de diciembre de 2006 murieron los ciudadanos cuatorianos Carlos Alonso Palate y Diego Armando Estacio.
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Marta
( http://www.barcosbarcelona.com )
- 06-09-2011 - 21:12:35h
Esta es la política de la AN, condenar y luego ya veremos. Cada vez es más evidente que se impone el afán de castigo al discrepante que la aplicación de una justicia técnica, proporcionada e igualitaria. Sería de justicia la revisión de multitud de condenas que se realizan con acompañamiento de los mass media
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Marc Todoli
( http://www.alquilerdeyatesenibiza.com )
- 06-09-2011 - 19:20:20h
Antonia, supongo que no te crees lo que dices verdad? La izquierda abertzale a tenido muchísimas oportunidades para demostrar su no conexión con ETA condenando la violencia y participando en la elecciones. Pero no quiso hacerlo, igual fue un fallo de calculo o igual no puede desmarcase de los jefes.
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Luis
( http://www.aterrizajes.net )
- 12-01-2011 - 23:01:34h
Tal vez haya sido simplemente un error... muy gordo claro...
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han perdido el norte
- 18-03-2010 - 23:21:13h
¿De qué va el Supremo? ¿Alguien lo entiende en este país?
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Animo Garzón!
- 18-03-2010 - 23:16:04h
el Supremo es la monda, deja pasar ésto y se esmera en atacar al juez Garzón...
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