ELPAIS.es 13/10/2005
La mejora de la financiación, la asunción de nuevas competencias por parte de la Generalitat y la reafirmación de la identidad de Cataluña son los tres grandes pilares del Estatuto aprobado con el apoyo del 88% de los diputados del Parlamento catalán. Pero a la espera del comienzo de su tramitación en las Cortes, donde el Gobierno y el PSOE ya han anunciado su intención de enmendar tanto la financiación como el título de competencias, la definición de Cataluña como "nación" es uno de los aspectos que mayor controversia ha levantado en el conjunto de España.
Por MIGUEL NOGUER
El derecho y el deber de conocer las dos lenguas oficiales y sus consecuencias son la clave de bóveda del trato a las lenguas en la reforma del Estatuto catalán. La propuesta es prolija y detallista. A partir del concepto del catalán como lengua propia, el proyecto da preeminencia a su uso en las Administraciones públicas catalanas. Al tiempo, introduce más garantías para el empleo del castellano ante todas las Administraciones.
Por TOMÁS DELCLÓS
El poder judicial y la Administración de justicia son los que menos se han descentralizado en España desde la restauración de la democracia. Probablemente por eso la ampliación de competencias que asume la Generalitat en el nuevo Estatuto ha provocado el rechazo del sector mayoritario y conservador de la judicatura, que ha interpretado las reformas como un intento de construir un poder judicial catalán y las considera inconstitucionales.
Por PERE RÍOS
"Derechos, deberes y principios rectores". Ése es el enunciado del título I del proyecto de Estatuto catalán, un apartado novedoso que reconoce un extenso catálogo de derechos ciudadanos y que en la mayoría de los casos están vinculados a las competencias que tiene la Generalitat. Cuando se rebasa esa atribución, el redactado queda en una declaración de principios, como cuando se alude al "derecho al propio cuerpo y a la salud reproductiva y sexual" de las mujeres.
Por PERE RÍOS
Algunos de los más llamativos aspectos de la reforma del Estatuto catalán, como el establecimiento del principio de bilateralidad en las relaciones de la Generalitat con la Administración central, que han suscitado rechazo en las demás comunidades, están mediatizados por importantes salvedades, que condicionan decisivamente su puesta en práctica y la remiten a marcos multilaterales.
Por ENRIC COMPANY
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