Las enmiendas del PP facilitan la suspensión de los contratos
En el paquete de enmiendas del PP se desprende la intención de garantizar una mayor estabilidad en el empleo, pero también una mayor facilidad para suspender los contratos por parte del empresario. Así establece que el contrato "podrá ser suspendido a iniciativa del empresario por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción", señala una de sus enmiendas. El procedimiento será aplicable en un periodo de 90 días.
Esta medida solo se podrá aplicar cuando afecte a menos de 10 trabajadores en empresas de menos de cien, a menos de un 10% de la plantilla en compañías de entre 100 y 300, o a menos de 30 en las mayores.
Por otro lado, el PP, haciéndose eco de las reivindicaciones de la patronal, también da más poder al empresario a la hora de modificar sustancialmente las condiciones laborales, como el horario, en casos individuales. Propone el principal partido de la oposición que el empresario tenga la obligación de comunicarle el cambio al trabajador con 30 días de plazo. Si este no acepta, puede optar por rescindir su contrato recibiendo una indemnización de 20 días por año trabajado o acudir a los tribunales, aunque esto no suspendería la decisión tomada por el empresario.
Otra modificación de calado que propone el PP respecto a la reforma laboral del Gobierno, ahonda en la generalización del contrato de fomento (el de 33 días de indemnización por despido improcedente). Pide que para acceder a él baste con estar 15 días en paro. La reforma, ya en vigor, establece tres meses. Y fija tantas excepciones que prácticamente generaliza esta figura. También CiU reclama profundizar en este punto, y recomienda un plazo de un mes en paro.
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