_
_
_
_
_
Guerra en el PP por el control de Caja Madrid

Entre la expulsión del partido y nada

El PP de Madrid considera que Manuel Cobo ha podido incurrir en una infracción muy grave y otras dos graves por sus declaraciones a EL PAÍS

El Comité de Derechos y Garantías del PP madrileño considera que el vicealcalde de Madrid, Manuel Cobo, ha podido incurrir en una infracción muy grave, que podría suponer la expulsión del partido, y otras dos graves por sus declaraciones en la entrevista que hoy publica EL PAÍS. El jefe de Cobo, el alcalde madrileño, Alberto Ruiz-Gallardón, respalda a su número dos y asegura que "esta vez no va a ser ninguna excepción".

Estos son los artículos que las regulan las infracciones en las que, según el PP de Madrid, podría haber incurrido Cobo:

Artículo 11.1d. Infracción muy grave: "Toda manifestación o declaración hecha con publicidad que incite al incumplimiento o descalificación de las decisiones válidas y democráticamente adoptadas por los órganos de gobierno y representación del partido o de los grupos institucionales del mismo".

Más información
Cospedal reprende a Cobo por airear "los problemas internos del partido"
"Los cercanos a Aguirre han puesto a Rato en un escaparate de cloacas y ambiciones"
Gallardón asume las duras críticas de su 'número dos' a Aguirre

Las sanciones que acarrean este tipo de infracciones son: a) Suspensión de militancia por un periodo de tiempo entre cuatro y seis años. b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el seno del partido o en representación de éste por igual periodo de tiempo. c) Expulsión del partido.

Artículo 12.1a. Infracción grave: "Propagar, por cualquier medio, noticias que desprestigien al partido, sean descalificatorias del mismo o de cualquiera de sus órganos de gobierno, representación o de los grupos institucionales".

Artículo 12.1e. Infracción grave: "Cualquier manifestación pública oral o escrita en los medios de comunicación que suponga descrédito, menosprecio o descalificación de cualquier afiliado al partido".

Las sanciones de este tipo de infracción son: a) Suspensión de militancia por un periodo de entre uno y cuatro años. b) Inhabilitación para desempeñar cargos en el partido por igual tiempo.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_