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El fiscal impugna ante el Supremo la absolución de El Egipcio en el 11-M

El alto tribunal analiza los recursos contra la sentencia de la Audiencia Nacional

En el Tribunal Supremo no valen las tonterías y caben pocas sorpresas. Seguramente por ello, lo ocurrido ayer durante la vista de los recursos de casación contra la sentencia por los atentados del 11-M se atuvo al guión previsto. El fiscal Luis Navajas impugnó la absolución de Rabei Osman, Mohamed El Egipcio, por considerar que la propia sentencia dictada por la Audiencia Nacional señalaba que es miembro de una organización terrorista de carácter yihadista. La Audiencia le absolvió por entender que ya había sido condenado en Italia por el mismo delito y nadie puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos. El fiscal, sin embargo, considera que la sentencia de Italia no es firme y que, por tanto, El Egipcio debió y debe ser condenado por integración en banda terrorista en España. La vista de los recursos de las acusaciones dejó también claro que la teoría de la conspiración, al menos jurídicamente, está muerta. Los abogados que la defendían sólo se dedicaron a tratar de mejorar las indemnizaciones de sus clientes.

El fiscal afirma que "son todos los que están, pero no están todos los que son"
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Dos de los absueltos por el Supremo en el juicio del 11-M han salido ya de prisión

El marco del recurso de casación es muy preciso y deja escaso lugar a las florituras; por eso, si el juicio del 11-M duró cuatro meses y medio, la vista de los recursos contra la sentencia en el Supremo se celebrará en cuatro días.

El fiscal Navajas resumió en menos de media hora su recurso de más de 466 folios. Tras un recuerdo a las víctimas, aseguró que en el proceso por el 11-M, en referencia a los acusados, "son todos los que están, pero, en modo alguno, están todos los que son". El fiscal se refiere a que los condenados son autores de la matanza, pero que hubo autores materiales que huyeron como Daoud Ouhnane, Mohamed Belhadj y Mohamed Afalah, que presumiblemente murieron en atentados suicidas en Irak, y Abdelilah Hriz, que será juzgado en Marruecos.

Navajas recordó que la sentencia declara probado que Rabei Osman, Mohamed El Egipcio, es miembro de un "grupo terrorista de tipo yihadista que, mediante el uso de la violencia en todas sus manifestaciones, pretende derrocar los regímenes democráticos y eliminar la cultura de tradición cristiano-occidental sustituyéndolos por un Estado islámico bajo el imperio de la sharia o ley islámica en su interpretación más radical, extrema y minoritaria".

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El Egipcio fue condenado a 10 años de cárcel por el Primer Tribunal de lo Penal de Milán, el 6 de noviembre de 2006, por un delito equivalente al de pertenencia a banda armada, organización o grupo terrorista. La resolución fue recurrida ante el Tribunal de Apelación de Milán, que la rebajó de 10 a 8 años de prisión y modificó la calificación jurídica del delito de dirigente de organización terrorista a simple militante o pertenencia a banda terrorista. Finalmente, esta última sentencia también está recurrida ante el Tribunal de Casación, equivalente italiano del Tribunal Supremo, que todavía no se ha pronunciado.

Por ello, el fiscal cree que la respuesta que la Audiencia debió dar al problema no debió ser la absolución sino computar en una u otra jurisdicción -italiana o española- el tiempo cumplido en una y otra sentencia.

El letrado Antonio Segura, en nombre de la Asociación 11-M Afectados de Terrorismo, que preside Pilar Manjón, apoyó el recurso del fiscal pero, además, solicitó para El Egipcio más de 40.000 años por entender que fue autor por inducción de los atentados.

Antonio García, en representación de Manjón, defendió que el confidente Rafá Zouhier debe ser condenado como autor por cooperación necesaria. Su intervención, dijo, fue clara y determinante. El letrado hizo hincapié en la teoría de los bienes escasos. Los explosivos no están al alcance de cualquiera y al poner en contacto a los proveedores de los explosivos con los miembros de la célula terrorista su colaboración se convierte en indispensable.

El letrado reclamó también la condena como autor material de los atentados de Abdelmajid Bouchar, El Gamo, condenado únicamente como pertenencia al grupo terrorista. Bouchar fue la persona que huyó a la carrera del piso de Leganés y avisó a los terroristas de la presencia de la policía. Estuvo en todos los escenarios del 11-M, lo que refuerza la idea de que fue autor material.

Varios abogados como María Ponte y Manuel Murillo exigieron también las condenas de Antonio y Carmen Toro, que fueron absueltos, como autores por cooperación necesaria. Sostienen que ambos estuvieron en las reuniones de los McDonald's en los que se negoció la compra de los explosivos con droga, que Antonio Toro fue el primero en ofrecer la dinamita asturiana a Zouhier y que Carmen Toro estuvo en la casucha de Morata de Tajuña, donde pudo comprobar el radicalismo yihadista de Jamal Ahmidan, y a pesar de ello, facilitaron la compra de los explosivos.

Por último, Fernando Luján reclamó la condena de Emilio Llano, el capataz de Mina Conchita, de donde salieron los explosivos. El letrado insistió en que Llano falsificó los libros de consumo de explosivos de la mina de forma consciente, lo que permitió que se pudiera robar la dinamita sin que saltaran las alarmas.

Aspecto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo donde ayer se vieron los recursos contra la sentencia por los atentados del 11-M.
Aspecto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo donde ayer se vieron los recursos contra la sentencia por los atentados del 11-M.GORKA LEJARCEGI
Pilar Manjón (en el centro), ante la puerta del Supremo.
Pilar Manjón (en el centro), ante la puerta del Supremo.GORKA LEJARCEGI

La muerte de una teoría

Los abogados de la AVT o de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, que durante el juicio celebrado en la Casa de Campo fueron los más firmes defensores de la Teoría de la Conspiración parecen haberse replegado a sus cuarteles de invierno.

Los letrados Juan Carlos Rodríguez Segura, José María de Pablo y Emilio Murcia, que en mayor o menor medida defendieron la participación de ETA en los atentados de Madrid o una conspiración de agentes de policía y del CNI para derribar al Gobierno del PP, se han bajado del burro.

Ni siquiera han recurrido la sentencia en cuanto a los hechos probados y a la implicación de los yihadistas en los atentados. Por lo único que ahora pelean es porque a algunos de sus clientes no les han reconocido la condición de víctimas o porque la indemnización que les ha correspondido no responde a sus expectativas. Seguramente es una pelea mucho más productiva, porque el Supremo tolera poco las aventuras y el fraude de ley.

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