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Columna
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Una historia sórdida y ridícula

Hoy comparecerán ante el magistrado instructor del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) encargado del caso las partes implicadas en un presunto cohecho cometido por altos cargos de la Generalitat. La competencia del TSJCV sobre la causa, desgajada de un sumario iniciado en la Audiencia Nacional (otras dos piezas de las primitivas actuaciones han pasado al Supremo y al Tribunal Superior de Madrid), nace del aforamiento de Francisco Camps, presidente del Gobierno regional, y de Ricardo Costa, diputado popular de las Cortes autonómicas, que han arrastrado tras de sí a otros dos implicados: Víctor Campos, ex vicepresidente del Consell, y Rafael Betoret, jefe del gabinete del consejero de Turismo.

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El auto dictado por el magistrado instructor José Flors ordenando la comparecencia se ajusta a la pauta habitual que divide este tipo de textos en dos partes conectadas entre sí pero autónomas: por un lado, una descripción de hechos que forman el cuerpo de un relato histórico soportado por documentos fehacientes y declaraciones fidedignas; por otro, un juicio de valor basado en normas de derecho referidas al encaje de esa narración dentro de categorías jurídicas tales como tipos delictivos, penas, autorías y circunstancias agravantes o atenuantes, etcétera.

La confianza dispensada a esa historia dependerá de la credibilidad que merezcan los testigos presenciales, las pruebas materiales aportadas y la racionalidad de las inferencias practicadas para unir los cabos sueltos de los indicios. Los elementos fácticos minuciosa y claramente expuestos en su secuencia cronológica por el instructor deben ser estudiados como piezas de una estructura narrativa pretendidamente veraz, abstracción hecha de los razonamientos jurídicos que pudieran establecer sobre esa base las responsabilidades penales de los principales protagonistas de sus diferentes episodios.

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El presidente Camps y los demás imputados recibieron gratuitamente en varias ocasiones trajes y otras prendas de vestir confeccionadas en dos tiendas madrileñas -Milano y Forever Young- como regalo de Orange Market. Esta sospechosa firma, suministradora de servicios a la Generalitat valenciana, forma parte de la trama Correa, investigada por el Supremo y el Tribunal Superior de Madrid a cuenta de sus negocios sucios con dirigentes corruptos del PP. La solidez del relato está garantizada no sólo por la amplia base documental que le sirve de soporte (transcripciones telefónicas, correos electrónicos, tiques, facturas, anotaciones contables etcétera), sino también por la fiabilidad del principal testigo de cargo. José Tomás, encargado de manera sucesiva de los dos establecimientos de confección madrileños, "relató de forma razonada" los hechos en que participó; de sus declaraciones -concluye el magistrado instructor- "no se desprende ningún sentimiento de enemistad, odio o venganza". José Tomás acaba de ganar una demanda laboral contra la tienda Forever Young, que le había despedido injustamente con el falso pretexto de haber falsificado las facturas del caso Camps.

De ser cierto -cosa altamente probable- el relato del magistrado instructor, los cuatro imputados podrían ser declarados culpables de un delito denominado por la doctrina como cohecho pasivo impropio y castigado con multa de hasta seis meses. También cabría considerar ese comportamiento un caso de prevaricación y soborno, sancionado con pena de cárcel. Sin descartar tampoco la absolución por falta de relevancia penal.

Sin embargo, el presidente valenciano no pretende negar el carácter delictivo de los hechos narrados por el auto, sino rechazar lisa y llanamente su veracidad. La actitud de Camps resulta comprensible; si esa historia -a la vez sórdida y ridícula- fuese cierta, acabaría antes o después con su carrera política aun no siendo de carácter delictivo. No sólo el derecho penal posee carácter sancionador: también las normas éticas, estéticas y políticas castigan a sus infractores. En cambio, otros dirigentes del PP libran la doble batalla de negar los hechos y de considerarlos al tiempo penalmente irrelevantes, sin reparar en la naturaleza contradictoria del esfuerzo: o bien la historia de los trajes regalados es cierta, tenga o no carácter delictivo, o bien es falsa, en cuyo caso la acusación se volvería penalmente contra los denunciantes.

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