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Los jueces invalidan escuchas del Gürtel al considerarlas un "delito" próximo a "la tortura inquisitorial"

El Tribunal Superior de Madrid ordena mantener en prisión a los imputados porque los indicios de delito "no se han esfumado"

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha anulado esta mañana todas las intervenciones telefónicas ordenadas por el magistrado de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón con el objeto de conocer las conversaciones que mantenían en la cárcel los implicados de la trama Gürtel con sus abogados defensores.

Los jueces consideran que la orden de Garzón "vulneró el derecho de defensa [de los imputados] y el derecho a no declarar contra sí mismos y a no confesarse culpables, así como el derecho a un proceso público con todas las garantías". El auto incluye el voto particular de uno de los tres magistrados de la sala.

No se han anulado sin embargo las conversaciones de los imputados con otros abogados que en ese momento no ejercían su defensa. Deberá ser el juez instructor del caso, Antonio Pedreira, quien determine qué conversaciones se ven afectadas. Será también Pedreira el que, "de oficio o a instancia de las partes", aclare qué parte de las actuaciones judiciales se han visto contaminadas por las escuchas ilegales y deben ser por tanto anuladas.

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El tribunal sostiene en cualquier caso que ha de mantenerse la situación de prisión provisional de los imputados, puesto que "ni han desaparecido de forma automática e inmediata los indicios que en su día aconsejaron adoptar tales prevenciones, ni tampoco se han esfumado los motivos determinantes de su mantenimiento".

Inquisición y tortura

Los jueces sugieren además que Garzón podría haber delinquido al ordenar las escuchas: "Es evidente que el contenido de la conversación susceptible de ser mantenida entre el abogado y su cliente puede ser amplísima, abarcando incluso en algunos casos el reconocimiento de su culpa por el imputado o la aportación a su abogado de datos sustanciales sobre la comisión del delito con cuyo conocimiento el letrado puede articular su defensa, viniendo siempre obligado a mantenerlos reservados, hasta tal punto de que su descubrimiento constituiría un delito".

Y va incluso más allá al asegurar que, "desaparecida, afortunadamente, en nuestro derecho la facultad de obtener la confesión forzada del culpable a través de la tortura, la generalización de la intervención de las comunicaciones de los imputados con sus abogados permitiría renacer, en cierto modo, ese método inquisitorial".

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