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Un juez defiende su imposición del castellano en un juicio

Honrubia rechazó la traducción al catalán en la Audiencia

El juez de lo Penal de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrubia insistió ayer en que los independentistas catalanes Jaume Roura y Enric Stern, condenados a 2.700 euros de multa por injurias a la Corona por quemar fotos del Rey, estaban obligados a hablar en castellano, en lugar de catalán, en el juicio celebrado el pasado día 20 en Madrid. El texto de la sentencia se hizo público ayer. La postura del juez le ha supuesto una denuncia del vocal del Poder Judicial Alfons López Tena, que considera que el tratar de impedir que los acusados se expresasen en catalán puede constituir una falta disciplinaria muy grave de "ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales".

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Por su parte, la consejera de Justicia de la Generalitat, Monserrat Tura, remitió una carta al presidente de la Audiencia, Carlos Dívar, en la que muestra su preocupación acerca de los medios necesarios para garantizar la traducción de las lenguas cooficiales, como el catalán, en el citado órgano. La Sala de Gobierno agradeció el interés de la consejera, pero señaló que el asunto afecta a la función de juzgar del juez, por lo que un órgano administrativo no puede inmiscuirse. El consejero catalán Josep Lluís Carod se preguntó por qué si los terroristas, tanto de ETA como los islamistas, pueden expresarse en su idioma no pueden hacerlo dos ciudadanos catalanes que no han cometido ningún delito.

El juez Vázquez Honrubia, obviando que la Audiencia Nacional lleva reconociendo el derecho de los acusados a declarar en el idioma en el que mejor sepan expresarse para su defensa desde el año 1977, insiste en que la interpretación de la Ley Orgánica del Poder Judicial le permite exigir que declaren en castellano a ciudadanos españoles que conocen ese idioma. El juez considera que se trató de una "reivindicación de la lengua propia de una comunidad realizada en un marco tan absolutamente impropio como un juicio penal", y niega que rechazar "tan desaforada pretensión viole la tutela judicial efectiva y les produzca indefensión".

Sin embargo, el propio magistrado reconoce en la sentencia: "Cierto es que los jueces y tribunales, y el propio Tribunal Constitucional, ponderando los derechos y deberes constitucionales en conflicto han venido a establecer que cuando hubiera la posibilidad de que un justiciable español no comprendiera la lengua oficial en todo el Estado -es decir, la lengua española-, debía procurarse a aquél un intérprete para alejar cualquier asomo de indefensión".

Otros jueces de la Audiencia consideran que el derecho de defensa afecta al idioma en el que mejor se exprese para su defensa el acusado.

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