_
_
_
_
_
EL ÚLTIMO RECURSO
Columna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las columnas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

El reverso tenebroso de la Audiencia

¿Es justo que se rebaje de 22 a 4 años la pena a un capo del narcotráfico?

La misma agua que permite a una nave flotar, hace que naufrague. Se trata de un proverbio clásico, pero su mensaje es más actual que nunca. La Audiencia Nacional, considerada hace años el buque insignia de la justicia, surca mares procelosos. Los jueces se ven obligados a dictar sentencias leves contra narcotraficantes para los que inicialmente se pedían importantes penas de cárcel, porque la Fiscalía Antidroga llega a acuerdos con los abogados para rebajar notablemente las condenas a cambio de que los procesados reconozcan su culpa. Y como el principio acusatorio impide a un tribunal imponer penas más altas que las solicitadas por la acusación, los jueces se ven con las manos atadas, aunque no la pluma, como han denunciado los magistrados de la Sección Cuarta Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, en un par de sentencias.

Las primeras críticas surgieron en Galicia, porque jefes de organizaciones de narcotraficantes a los que en principio se pedían entre 18 y 22 años de cárcel acababan condenados a tan solocuatro años, y, en algún caso, en lugar de la cárcel, acababan en un centro de desintoxicación.

Es cierto que determinados procesos con 20 o 30 imputados se eternizan con recursos y maniobras dilatorias, y que los juicios, con cientos de testigos y peritos, son muy complicados y tediosos, por lo que llegar a un acuerdo previo en la pena supone un ahorro en tiempo y dinero para la justicia y el contribuyente. Pero eso no puede conllevar que jefes de organizaciones mafiosas salgan del juicio con las penas ya cumplidas o casi cumplidas.

El caso es que, para llegar a esas sentencias pactadas, se utiliza una figura, la del arrepentimiento tardío, que no está en la ley sino que es una creación de la jurisprudencia.

La atenuante de arrepentimiento espontáneo exige para la rebaja de la pena que el culpable repare o disminuya los efectos del delito antes de que se abra un procedimiento penal contra él, y que colabore con la justicia confesando la infracción.

El Tribunal Supremo admitió su aplicación por analogía, siempre y cuando el supuesto arrepentido, además de reconocer su culpa, proporcione datos que refuercen las pruebas existentes contra los otros acusados, lo que no ocurre en estos casos.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
Suscríbete

Se ha dado la circunstancia de que los jefes de la organización se han acogido al arrepentimiento tardío y han pactado la pena con el fiscal, pero no así sus subordinados, con lo que se produce la paradoja de que los esbirros son condenados a penas mucho más elevadas que los capos, lo que constituye una evidente injusticia.

Para obtener una rebaja en las penas con la que los narcos se conformen se ha aplicado, además, en algún caso la atenuante de drogadicción, es decir, que por efecto de las drogas que consumían los acusados tenían tan afectadas la inteligencia y la voluntad que o no sabían lo que hacían o no podían evitarlo.

Al tribunal le parece incongruente que se aplique una circunstancia atenuante tan inverosímil, pero la ha admitido porque no le queda otro remedio. Y contraargumenta: si una operación de narcotráfico requiere planificación, organización y astucia para llevarla a cabo, cómo alguien se va a creer que los jefes estaban permanentemente drogados. Es absurdo.

La Fiscalía Antidroga está muy molesta por las críticas de los jueces a su actuación y ha justificado alguno de los acuerdos a los que ha llegado en la necesidad de asegurar una condena, aunque esta no fuera elevada. Fuentes de ese organismo señalaron que tenían serias dudas sobre la legalidad de las escuchas telefónicas que dieron lugar al procedimiento, lo que podría haber determinado la anulación de todo lo actuado.

Sin embargo, la Constitución atribuye al fiscal la misión de promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, por lo que si había intervenciones telefónicas sospechosas de ilegalidad ¿no debería haber sido el primero en instar su nulidad?

¿No les recuerda un poco a aquella frase del que probablemente pasará a la historia como el peor presidente de Estados Unidos, George W. Bush, que decía: "No es la contaminación la que amenaza el medio ambiente, sino la impureza del aire y del agua"?

A la vista de los hechos y ahora que se han cumplido 30 años del estreno de El imperio contrataca, segunda entrega de La guerra de las galaxias, no queda sino decir: cuidado con el reverso tenebroso de la Audiencia.

Ángela Murillo preside un juicio en la Audiencia Nacional.
Ángela Murillo preside un juicio en la Audiencia Nacional.EFE

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_