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Los supuestos etarras detenidos en Cahors podrían ser condenados a cadena perpetua en Francia

Los delitos que se les imputa están sujetos a la pena máxima, según el fiscal jefe de Francia

EFE - París - 05/09/2007

 
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Los cuatro presuntos etarras detenidos el pasado sábado en Cahors van a ser imputados con la acusación de secuestro, con el agravante de terrorismo, y podrían ser condenados a cadena perpetua, según ha informado hoy el fiscal de la República de París, Jean-Claude Marin.

Además del secuestro de la familia a la que ETA tuvo retenida recientemente en Francia, Marin ha añadido que la fiscalía va a imputar a los cuatro de Cahors, que comparecen esta tarde ante un juez antiterrorista, cargos por encubrir una serie de robos cometidos a mano armada en este país.

El fiscal parisino, que ha calificado de "importante" la reciente operación policial en Cahors, ha hecho estas declaraciones en una rueda de prensa conjunta con el subdirector de la dirección Antiterrorista de la Policía Judicial, Frédéric Veaux, quien ha informado de que los agentes están tratando de verificar el supuesto hallazgo de un zulo en Ustariz (País Vasco francés).

La cadena perpetua no tiene cabida en España

El portavoz de Jueces para la Democracia, Jaime Tapia, ha declaró hoy que, con la Constitución Española en la mano, sería implanteable aplicar penas de cadena perpetua a los terroristas porque se vulnerarían los artículos 15 y 25. "En España, las cadenas perpetuas serían contrarias a la Constitución, tanto al principio de reinserción social, que contempla el artículo 25, como el artículo 15 que prohíbe las penas inhumanas y degradantes", ha aclarado el portavoz de Jueces para la Democracia. Tapia ha matizado que estas condenas, aunque existen formalmente en muchos países europeos, nunca se cumple de forma íntegra por las posteriores revisiones.

Hasta 30 en prisión como máximo

El Código Penal francés recoge la cadena perpetua bajo una fórmula denominada reclusión criminal a perpetuidad. Aunque se puede acceder a la libertad condicional pasados 15 años, esta modalidad puede estar acompañada de un período de seguridad de hasta 30 años, durante el cual el recluso no puede acceder a beneficios penitenciarios como permisos para salir de la prisión o la libertad condicional. En cualquier caso, no es habitual que los presos estén más de 30 años en la cárcel.

Otra modalidad es la reclusión criminal a perpetuidad real, que impide obtener beneficios penitenciarios a los condenados, aunque se reserva para los delitos de homicidio de un menor de 15 años, precedidos o acompañados de violación, tortura o actos de barbarie. Cuando el preso ha cumplido 30 años de encarcelamiento, el juez encargado del caso consulta aun comité de tres expertos sobre la peligrosidad del condenado; si el dictamen es favorable, una comisión de cinco magistrados puede liberar al preso.

Según los datos del Ministerio de Justicia francés, alrededor de una treintena de personas son condenadas cada año en Francia a penas de cárcel a perpetuidad; durante 2004, 22 personas fueron condenadas a reclusión a perpetuidad de un total de 3.264 condenas por crímenes.


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