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La Corte Internacional ordena a EE UU que revise las condenas a muerte de 51 mexicanos

Tras su detención, no recibieron la asistencia consular que establece la Convención de Viena

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, máximo órgano judicial de la ONU, ha dictaminado hoy que Estados Unidos ha violado los derechos de medio centenar de mexicanos que fueron condenados a muerte sin que se les informara de que tenían derecho a asistencia consular tras su detención y ordena a EE UU que revise tales procesos penales.

"Estados Unidos debe realizar una revisión significativa de las condenas y las sentencias", ha dicho el presidente de la Corte, el juez Shi Jiuyong. La CIJ es el máximo órgano judicial de la ONU encargado de dirimir conflictos de competencias entre Estados. México había pedido a la Corte Internacional que decidiera si medio centenar de mexicanos que esperan su ejecución en prisiones estadounidenses debían ser sometidos a nuevos juicios. Tras este pronunciamiento, Estados Unidos deberá revisar tales condenas y sentencias.

El país latinoamericano sostiene que a los prisioneros no se les informó de que tenían derecho a recibir asistencia consular. En este sentido, los abogados mexicanos argumentaron que la ayuda consular podría haber sido literalmente una cuestión de vida o muerte para algunos condenados. La Convención de Viena de 1963, ratificada por EE UU y México, estipula que todo ciudadano extranjero sometido a juicio debe ser informado de su derecho a ayuda consular. Por su parte, los abogados estadounidenses consideraron que las protestas mexicanas eran una estratagema publicitaria y aseguraron que los ahora condenados a la pena capital tuvieron un juicio justo.

Esta es la segunda vez que la Corte Internacional de Justicia se pronuncia sobre un contencioso de la misma naturaleza, después de un caso en 2001 entre Alemania y EE UU por la condena a pena de muerte de los hermanos Karl y Walter LaGrand y por la ejecución de uno de ellos antes de que este asunto se presentara al tribunal. En esa ocasión, la CIJ también falló en contra de Estados Unidos al confirmar que violó el artículo 36 de la Convención de Viena sobre relaciones consulares, aprobada en 1963, cuando las autoridades competentes del condado de Arizona no comunicaron a los hermanos su derecho a contar con apoyo consular cuando fueron detenidos.

El fallo de la Corte es vinculante y no puede ser sometido a apelación. En el caso de que una de las partes ignorase el contenido de la sentencia de la CIJ, la otra parte tiene la posibilidad de recurrir ante el Consejo de Seguridad de la ONU.

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