_
_
_
_
_
Tribuna:
Tribuna
Artículos estrictamente de opinión que responden al estilo propio del autor. Estos textos de opinión han de basarse en datos verificados y ser respetuosos con las personas aunque se critiquen sus actos. Todas las tribunas de opinión de personas ajenas a la Redacción de EL PAÍS llevarán, tras la última línea, un pie de autor —por conocido que éste sea— donde se indique el cargo, título, militancia política (en su caso) u ocupación principal, o la que esté o estuvo relacionada con el tema abordado

Control y explotación de contenidos digitales en Internet

ELPAÍS.com abre un debate sobre la propuesta de crear un sistema de advertencias para quienes intercambien contenidos protegidos en Internet. Hoy el presidente de la Asociación Empresas de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de España (AETIC) ocupa la tribuna

La justa remuneración de los derechos de autor forma parte de una tradición institucional -la propiedad privada-, que siendo un factor explicativo de los mejores logros de nuestra civilización junto con la creatividad humana aplicada a la innovación tecnológica, hoy está fuera de toda discusión. La tecnología electrónica digital e Internet están poniendo en cuestión, sin embargo, los antiguos modelos de gestión de los derechos de propiedad de contenidos digitalizables, sin que hasta ahora exista una alternativa paradigmática a los de la pretérita era industrial.

Las oportunidades para compartir contenidos digitales, tanto legales como ilegales, han proliferado en los últimos diez años. Cuando apareció Napster, la mayoría del material pirateable era música, algunos videos y software. Hoy día, este problema ya no se focaliza en alguno sino en todos los bienes y servicios susceptibles de digitalizarse, usando como intermediación Internet.

Más información
Ponerle Puertas (P2P) a Internet
Equilibrio y proporción en Internet
Una manifestación P2P a las puertas de la sede del PSOE
Cultura anuncia una medida "antipopular" inminente contra la piratería
El control de las descargas
Un diálogo "constructivo" para los contenidos digitales
Jun practica la 'ciberdemocracia'

Desde hace años, los proveedores de contenidos vienen aplicando remedios tecnológicos -DRMs, etc.- con el fin de proteger sus derechos. Al final, el éxito no está siendo el esperado bien por unas razones u otras.

En un plano alternativo, y más recientemente, algunos gobiernos están llevando a cabo movimientos para intentar encontrar solución a la piratería digital, bien desde el marco legal o mediante el impulso de plataformas para que las partes afectadas (propietarios de contenidos, tenedores de derechos y proveedores de acceso a Internet) adopten medidas consensuadas que resuelvan el problema.

Un caso paradigmático es el de Francia. El Senado francés acaba de aprobar en primera lectura un proyecto de Ley para favorecer la difusión y protección de la creación en Internet, sin ningún voto en contra. Este proyecto es el resultado de un acuerdo firmado en el Palacio del Elíseo por más de 40 empresas y organizaciones representativas del mundo del cine, la música y el sector audiovisual junto a los proveedores de acceso a Internet.

El caso francés

La futura Ley, si finalmente pasa todas las fases legislativas, contempla una autoridad administrativa independiente, denominada "Alta Autoridad para la difusión de las obras y la protección de los derechos en Internet", encargada de prevenir y sancionar la piratería. En una primera etapa, la Alta Autoridad enviará a los piratas mensajes de advertencia por correo electrónico y, después, si hay reincidencia, una carta certificada con el fin de garantizar que el interesado tiene constancia del comportamiento que se le reprocha. A continuación, la Alta Autoridad podrá decidir, bajo control judicial, una sanción adaptada a las características del comportamiento con el que se desea acabar: la interrupción temporal del abono a Internet (en caso de Dual o Triple Play, se seguirá permitiendo el acceso al servicio telefónico y al de TV), acompañada de la prohibición de volver a abonarse durante el mismo periodo. Con el fin de garantizar que se respetan las medidas de suspensión establecidas, los proveedores de acceso a Internet deberán comprobar, en el momento de firmar cualquier nuevo contrato, que el contratante no figura en un repertorio de personas cuyo abono ha sido suspendido, gestionado por la Alta Autoridad. Ésta podrá imponer sanciones pecuniarias a los proveedores de acceso a Internet que no realicen dicha comprobación o que no apliquen las medidas de suspensión.

Países, como Reino Unido, Canadá o Japón, ya han iniciado un proceso de negociación similar, dirigido por los poderes públicos, en el que éstos últimos sólo intervendrán si es necesario.

En Estados Unidos, sólo se regula el acceso a contenidos legales por Internet, no el de los ilegales. Y las gestoras de derechos están presionando a las entidades gubernamentales (entre ellas, al regulador federal norteamericano FCC) para que se otorguen poderes a los proveedores de acceso a Internet con el fin de "controlar" a los piratas.

En todos ellos, la forma de recoger evidencias de violación de derechos de propiedad intelectual es mediante la identificación de la dirección IP de la sesión del individuo. Independientemente del tipo de IP que tenga el individuo, la única entidad que podría saber a quién corresponde esa IP a una hora determinada es el proveedor de acceso a Internet.

Estamos lejos de dar con la panacea universal

Por tanto, vistas las propuestas de los diferentes países mencionados, en donde se dan cita soluciones de regulación, corregulación y autorregulación, podríamos concluir que el tema en cuestión plantea dificultades arduas e indefinidas posibilidades de éxito; es decir, estamos lejos de dar con la panacea universal que haga frente al problema.

Aunque, como hemos visto, existe una generalizada tendencia hacia acuerdos voluntarios entre propietarios de contenidos y operadores de redes, al final, los acuerdos, para que sean realmente efectivos tienen que pasar por los jueces; ya que la controversia entre los derechos de propiedad y la libertad de comunicación sólo puede ser resuelta, caso por caso, por el poder judicial en un Estado del Derecho.

Además de la necesaria mediación judicial, deben tomarse en consideración los costes -y quien deberá pagarlos- de las diversas intervenciones, que pueden ser considerables, y más aún en presencia del casi "gratis total" al que se han acostumbrado los usuarios de Internet.

Con independencia de los éxitos que puedan lograrse para limitar la piratería en la Red, todo parece indicar que la explotación de contenidos tendrá que encontrar modos alternativos a los utilizados hasta hoy. En este sentido, llama la atención el debate abierto hace ya tiempo en los más diversos foros intelectuales de EE UU acerca de las nuevas maneras de explotar los contenidos de la era Internet, mientras que aquí y en Europa solo parece que estemos preocupados por regresar a un pasado de imposible futuro.

Jesús Banegas Núñez es presidente de la Asociación Empresas de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de España (AETIC)

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_