Sentencia firme: enlazar a redes P2P no es delito
La Audiencia Provincial de Madrid confirma el sobreseimiento del 'caso Sharemula'
La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado hoy en sentencia firme, y por lo tanto no recurrible, que enlazar a redes P2P no es delito. El tribunal confirma una sentencia previa de un juzgado de instrucción sobre las actuaciones que se seguían contra Sharemula, una página web que suministraba enlaces a redes de intercambio de archivos.
Según informa uno de los abogados defensores del caso en su propia web, David Bravo, "la Audiencia confirma las tesis de la defensa señalando que enlazar a las redes de pares [P2P] no constituye una actividad criminal" ya que "es indiferente que se tenga o no ánimo de lucro puesto que si no hay comunicación pública ya no hay delito".
Bravo extracta partes de la sentencia que dejan claro que enlazar no es lo mismo que alojar. Según la sentencia, Sharemule únicamente proveía enlaces; "ni aloja archivos, ni realiza directamente la descarga, limitándose a facilitar una dirección donde se puede descargar la obra".
Así, el tribunal entiende que un enlace por sí mismo no vulnera la propiedad intelectual, sino que "constituye únicamente una forma de facilitar al usuario de Internet el acceso a otra página web".
Tal y como informa Bravo en su web, "la acusación particular está formada por SGAE, Microsoft, PROMUSICAE, EGEDA, Columbia Tristar Home Entertainment y Cía, SRC, The Walt Disney Company Iberia, Twentieth Century Fox Home Entertainment España S.A., Warner Home Video, Lauren Films Video Hogar S.A., Manga Films S.L., Universal Pictures (Spain) S.L., Paramount Home Entertainment (Spain) S.L., Twentieth Century Fox Film Corporation, Walt Disney Enterprises Inc., Columbia Pictures Industries Inc., Tristar Pictures, Sony Pictures Classic Inc., Mandalay Entertainment, Metro Goldwin Mayer Studios Inc., Orion Pictures Corporation, Paramount Pictures Corporation, Universal City Studios y Time Warner Entertainment Company L. New Line Productions Inc.".
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