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La corrupción urbanística

José María Fernández del Río: "He consultado con Urbanismo"

F. M. - Madrid - 05/10/2006

 
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¿Para qué sirve que tu socio sea director general de Urbanismo? Alguna respuesta da el acta de la reunión del 18 de junio de 2005 de los propietarios del sector 1 de los Pocillos de Villanueva de la Cañada, uno de los cuales era el entonces director general de Urbanismo, Enrique Porto, con parcelas a su nombre y de su sociedad Elclansol. Esta reunión se produce cuando se ha despejado el mayor nubarrón sobre su negocio inmobiliario.

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Un año antes, la urbanización del sector, de 1.470.080 metros cuadrados, había sido desbloqueada por Porto desde Urbanismo, al dar por subsanadas las deficiencias que lo bloqueaban por obra de los informes negativos emitidos por el anterior gobierno madrileño. En la sesión, según el acta, toma la palabra José María Fernández del Río, redactor del plan parcial aprobado por Porto y socio de él en varias inmobiliarias, una de las cuales (Elclansol), poseía más de 20.000 metros cuadrados precisamente en dicho sector.

Ventajas para los dueños

Fernández explica a los reunidos que los principales propietarios proponían agrupar las tres unidades de ejecución del sector en una sola porque les aportaría grandes ventajas. Con la unificación, al tener repartidos sus terrenos entre las tres unidades, evitarían la fragmentación de sus propiedades; reducirían sus gestiones; y lograrían que se agrupasen los aprovechamientos adjudicados en cada unidad y que estuviesen lo más cercano posible al propietario. Y ahorrarían en la administración y en la gestión de las obras de urbanización. Férnández explica que "se ha estudiado la citada propuesta con el Ayuntamiento y por su propio equipo, considerándola en ambos casos como buena y favorable a la gestión del sector".

A renglón seguido, alardea de que también ha logrado el visto bueno a esta modificación del plan parcial de la Comunidad. "También se ha consultado a la dirección general de Urbanismo si la citada propuesta constituiría una modificación del Plan Parcial, y, por lo tanto, si se debería tramitar como una modificación del Plan Parcial. Finalmente, no se considera sustancial la modificación y, por tanto, únicamente se debe tramitar ante el Ayuntamiento un proyecto de delimitación de una única unidad de ejecución".


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