Alarma de Estado, estados de alarma
El pasado 4 de diciembre, cuando el Consejo de Ministros decidió declarar el estado de alarma que revocaba los derechos civiles de los controladores aéreos, la ciudadanía aceptó la medida con casi total unanimidad. De manera general, la gente entendió que se daba una situación excepcional que afectaba a cientos de miles de viajeros y empresas y que se hacía necesario crear una protección especial para evitar una calamidad pública. Pero se me ocurren otras calamidades de mucha mayor trascendencia para la vida de las personas por las que no se ha movido un dedo ni por iniciativa del Gobierno ni por reclamación de la sociedad.
Existen derechos de superior categoría que el de viajar en vacaciones. Por ejemplo, la vivienda. El artículo 47 de nuestra Constitución establece el "derecho a disfrutar de una vivienda digna" y el 33 reconoce el de que "nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública y social". Lamentablemente, estos preceptos del Título Primero (Derechos y deberes fundamentales) no se cumplen en España.
En los últimos meses, decenas de miles de familias han sido desahuciadas de sus hogares por los bancos y cajas a causa de no poder afrontar los pagos de su hipoteca, pero el Gobierno no ha considerado que este desastre sea un motivo de alarma suficiente para dictar un decreto que impida a estas empresas especuladoras privar de derechos constitucionales a las personas.
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