Patronato de Protección a la Mujer
Acogiéndonos al derecho de réplica, le rogamos se sirva insertar en el periódico de su digna dirección las siguientes puntualizaciones acerca del informe (22-2-77) que considera «Anacrónico e inadecuado» nuestro Patronato.En la afirmación que encabeza el informe, «Feministas, internas y trabajadoras coinciden en que el Patronato de Protección a la Mujer es anacrónico e inadecuado», exponemos que puestas en contacto con los centros existentes en Madrid del Patronato, nos informan que ninguna de las jóvenes actualmente internadas ha sido entrevistada ni ha hecho ninguna declaración, así como nadie de los trabajadores sociales a quienes hemos consultado.
En el primer párrafo encontramos un error cuantitativo en la relación de los centros existentes en Madrid, ya que no son cuatro los centros del Patronato, habiendo omitido citar residencias, tanto propias como colaboradoras, y otros centros.
Cuando se refiere usted al colegio de San Fernando y asegura que es para jóvenes procedentes de prostitución, no ha utilizado las estadísticas, tan importantes para los profesionales de la informa el en, ya que solamente un 7 % de las jóvenes que actualmente están internadas en San Fernando se han dedicado a la prostitución, lastimando con ello a las menores que en este momento se encuetran allí
Con respecto a los motivos de ingreso de las jóvenes, nos vemos en la obligación de informarle que, efectivamente, son los padres los que tienen la patria potestad de las menores de veintiún años, por estar así dispuesto por la ley, y que algunas veces la denuncia corresponde a motivos nimios o es la consecuencia de un mal ambiente familiar, pero para eso el Patronato, después de escuchar a la joven y estudiar su contexto familiar y social, decide en muchas ocasiones, aun en contra de la voluntad de los padres, reintegrarla al hogar, facilitarle una residencia o un trabajo.
Conviene también aclarar que en cualquier caso el paso siguiente, tras la denuncia del padre, les corresponde siempre a las juntas provinciales, quienes deciden a la vista de¡ expediente, y no a la nacional, y que la distribución a los distintos centros u otro destino se realiza tras haber efectuado, durante la breve estancia en el centro ,de observación, los informes correspondientes por personal capacitado.
Habla del COC, del que las abajo firmantes son responsables, y ningún miembro del personal ha tenido conocimiento de su visita investigadora en este centro, por lo que la descripción hecha del mismo no se ajusta a la realidad del trabajo que realizan tres asistentes socíales, un psiquiatra, un médico especialista de medicina general, un especialista de radiología, un especialista de dermatología, un ATS y dos religiosas reeducadoras.
Como muestra aclaratoria al párrafo que dice «si están locas las mandan al Alonso Vega, y si no, se suicidan», facilitamos los siguientes datos estadísticos: desde enero de 1974 hasta septiembre de 1977 han sido ingresadas en el centro de observación y clasificación 1.150 jóvenes, de las cuales sólo tres, que hacen un 0,2 %, han realizado intentos de suicidio, y nueve han tenido que ser internadas en hospitales psiquiátricos después de haber certificado el facultatijo especialista la necesidad del ingreso por presentar con anterioridad a su dependencia del Patronato trastornos psiquiátricos de consideración,
cantidad que constituye un 0,6 %.
Patronato de Protección a la Mujer
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