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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

De alcaldes y sueldos

Caben pocas dudas acerca de la necesidad de remunerar debidamente el ejercicio de la función pública. También y muy especialmente la de aquellos que acceden a la misma no como empleados públicos, sino como representantes elegidos por los ciudadanos, los alcaldes y concejales entre ellos. Cuestión distinta es que los criterios que deben orientar esas remuneraciones sean establecidos por los propios interesados, sin más control que el que depare, y no siempre, la correlación de fuerzas en el seno del organismo en cuestión. En no pocos casos, el ciudadano asiste a espectáculos verdaderamente bochornosos en los que los representantes municipales sortean incompatibilidades o definiciones de exclusividad por razón del cargo y, en muchos otros, se autoremuneran sin respeto a criterio o norma alguna.

Las prácticas actuales son más que inquietantes. Con la excepción de muy genéricos protocolos en algunas comunidades autónomas, es general la ausencia de orientación. El número de habitantes, la cuantía del presupuesto a gestionar o cualquier otro indicador expresivo de la complejidad o responsabilidad de la gestión no parece guardar relación alguna con muchas decisiones adoptadas en el inicio de los nuevos ayuntamientos. Sin salir de la Comunidad de Madrid, en Alcalá de Henares, con 204.000 habitantes, el alcalde tiene un sueldo inferior a su colega de Las Rozas, que ha de administrar a 69.000 ciudadanos. Los 102.000 euros que gana este último edil duplican el sueldo del de Parla, con 100.000 habitantes, y superan también los 89.300 euros que cobra el presidente del Gobierno. Este último es equivalente al sueldo del alcalde de Navalcarnero, que con 17.600 habitantes duplica ampliamente el de San Fernando de Henares, con 40.000 vecinos.

La arbitrariedad no se agota ni mucho menos en la remuneración monetaria convencional o en la asignación de dietas de diverso tipo. La discrecionalidad a la hora de aplicar la exclusividad en el ejercicio de esa función, por ejemplo, ofrece casos no menos llamativos, como el del médico que admite su dedicación en exclusiva a la alcaldía de Benidorm, pero no renuncia a la atención regular a su consulta. Envidiable productividad.

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La propia Federación de Municipios, que reconoce la existencia de un vacío legal y procedimental, debería ser la primera en solicitar su rápida cobertura, quizás en la dirección de la reforma de la Ley de Bases de Régimen Local que pretendía el ex ministro Sevilla. El reconocimiento mediante retribuciones dignas de la función de los responsables municipales no debería entrar en conflicto con la existencia de criterios suficientemente objetivos. Y los partidos políticos deberían ser mucho más activos en la definición de códigos de conducta que impidieran espectáculos como los observados en estas últimas semanas.

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