Una ley centenaria prohíbe la usura
La Ley de Represión de la Usura (que data del 23 de julio de 1908), continúa vigente después de haber recibido algunas modificaciones por la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000. El artículo primero de la ley dice que "será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso". Como la ley no determina qué significa "notablemente superior", ha sido históricamente el Tribunal Supremo el encargado de crear jurisprudencia. Sus sentencias en todos estos años han acostumbrado a calificar de nulos los contratos a partir de 2,5 veces más el precio del dinero. Como actualmente el precio del dinero está situado en el 1%, si se sigue esta doctrina, los préstamos operativos hoy día por encima del 3% de interés deberían ser declarados ilegales. Casos como los de muchas tarjetas de crédito de los bancos y muchos préstamos de bancos y establecimientos financieros de crédito (EFC) que funcionan por teléfono e Internet, así como los anuncios en los periódicos de empresas de préstamo deberían ser anulados y sancionados, dado que lo superan con creces y algunos de ellos por encima del 20%.
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