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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

La sombra de ETA

La existencia de un diseño de la banda vicia, según el Supremo, el proceso que lleva a Sortu

En un auto comunicado ayer a las partes, el Tribunal Supremo ha resuelto por nueve votos contra siete no legalizar al partido Sortu, emanación de la ilegalizada Batasuna. El tribunal fundamenta su decisión en un documento de 2009, atribuido a ETA, que demostraría que la creación de Sortu responde a un diseño gestado, impulsado y tutelado por la banda. La importancia de ese documento derivaría de su condición de nuevo eje estratégico de ETA, tras el fracaso del proceso negociador de 2006.

En la nueva estrategia, ETA se atribuye la función de "abrir el escenario político" mediante un acuerdo con el Estado que establezca unos "mínimos democráticos", de los que el primero es la legalización de su brazo político, requisito imprescindible para iniciar la negociación que ponga fin al conflicto político, condición a su vez para superar el conflicto armado.

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Los siete magistrados discrepantes, favorables a la inscripción de Sortu, niegan en su voto particular que un documento de hace año y medio tenga suficiente valor probatorio para invalidar tomas de posición más recientes que demostrarían que una parte al menos de la izquierda abertzale ha optado por vías estrictamente políticas, abandonando la violencia y toda connivencia con ella.

La crítica de la minoría es jurídicamente sólida y también dura; acusa a la mayoría de recurrir a una "ilegalización preventiva", no sustentada en actividades y conductas de sus miembros, y de sustituir la argumentación jurídica dirigida a probar una voluntad de fraude en los estatutos de Sortu por un relato lineal destinado a concluir que Sortu responde a un designio de la banda; algo, sostiene la minoría, que el documento analizado no prueba.

En la vista del juicio, el abogado de Sortu, Íñigo Iruín, ya intentó restar valor probatorio al documento que ha resultado crucial para el rechazo del nuevo partido: se trata de un texto de debate, pero la mayoría del Supremo se ha resistido a creer que solo sea eso: fija unas fases sucesivas de actuación, establece el sistema de coordinación entre ETA y la izquierda abertzale y señala el modelo de mando a seguir.

En opinión de la mayoría, si se admite que ETA es la impulsora del proyecto Sortu es irrelevante, a efectos de su inscripción, que sus estatutos sean legalmente impolutos o que proclame su rechazo a ETA. Ese impulso inicial vicia en su origen todos los pasos ulteriores y convierte la iniciativa de legalización de Sortu en un fraude de ley. El tribunal piensa que la estrategia diseñada por ETA está actualmente en marcha: relaciona el alto el fuego de enero de 2011 con la presentación pública pocos días después de Sortu.

El Supremo observa también la existencia de técnicas o estrategias ya constatadas en la sentencia de ilegalización de 2003: la de "desdoblamiento", que diferencia los roles de la izquierda abertzale y ETA, ésta como garante último, y la del "engaño", que recurre a un lenguaje destinado a ocultar aspectos esenciales de su actuación que solo conocen los dirigentes.

El punto fuerte de la minoría es que existen fuertes indicios de que, una vez en marcha el proceso, Batasuna ha chocado con ETA e ido más allá de lo previsto. Por ejemplo, para contar con el apoyo de los aliados soberanistas necesarios para la negociación. Aunque hubiera un diseño compartido en el origen, resulta dudoso (y no hay prueba de ello) que ETA autorizara a su brazo político a rechazar su violencia. Y el punto débil es que ni Batasuna ni Sortu han hecho nada por desmarcarse del papel que ETA daba a la existencia de un partido legal "para que la negociación sea posible".

Al Constitucional le espera un trabajo arduo pero jurídicamente muy interesante: dirimir el debate de fondo entre los magistrados del Supremo sobre la valoración de una prueba que ha incidido en la limitación del derecho a la participación política.

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