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Asuntos Sociales limita a 12 meses las ayudas para pagar hipotecas

La consejería elimina el abono de las AES para cubrir una deuda previa

Las Ayudas de Emergencia Social (AES) son subvenciones puntuales para que un ciudadano pueda hacer frente a un gasto, pero se prolongan en el tiempo si la necesidad de quien las recibe supone afrontar pagos como los intereses de un crédito o la hipoteca de su vivienda. Asuntos Sociales ha resuelto acotar las AES para el pago de hipotecas, que solo se cubrirán durante un máximo de 12 meses. Traducido a dinero, supondría un tope de 3.840 euros para cada familia que la solicite.

El cambio figura en el decreto aprobado en enero por la consejería para regular estas ayudas, junto a otras modificaciones, como el endurecimiento de los criterios económicos para poder solicitarlas, que en las últimas semanas ha recibido duras críticas de partidos y colectivos sociales.

Las familias recibirán 3.840 euros como máximo para pagar la hipoteca
La medida pone coto a uno de los casos que más han crecido con la crisis

La medida viene a poner coto a uno de los supuestos que más han crecido con la crisis: el pago del crédito por la compra de un piso. Afecta, sobre todo, a familias que adquirieron una vivienda antes de la crisis y luego perdieron sus ingresos al quedarse en el paro.

El nuevo criterio estipula que, aunque el plazo de cobro de esta ayuda se interrumpa en diferentes momentos, mientras la unidad familiar sea la misma se sumarán los meses en que ha recibido las AES hasta alcanzar el tope de 12 meses. La subvención supone entre 250 y 320 euros mensuales -el límite para familias con dos o más hijos-, siempre que no se supere el 70% de los intereses. En caso de una separación, si uno de los miembros de la pareja crea una unidad de convivencia diferente en otra casa no se le contabilizarán las ayudas recibidas con anterioridad.

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La medida no afectará a las personas que han cobrado las AES hasta ahora. Una circular enviada a los servicios sociales precisa que los Ayuntamientos, encargados de tramitar las ayudas de emergencia, deberán empezar a contar los meses desde el 1 de enero de 2011, por lo que aunque una familia haya recibido las AES durante todo 2010 para pagar la hipoteca podrá seguir haciéndolo un año más.

Quienes comiencen a recibir la ayuda este año deberán ceñirse desde el principio a la nueva norma, por lo que la consejería recomienda en los mismos escritos que los servicios sociales municipales "se lo notifiquen a los beneficiarios; así, quizá, tengan alguna oportunidad de prever su situación para el próximo año". Los pensionistas, discapacitados y viudos de más de 65 años quedan exentos de la restricción.

El pago de AES por una deuda previa, que sí figura en la ley que recoge esta ayuda, la de Garantía de Ingresos y la Inclusión Social de 2008, se ha eliminado en la mencionada orden para 2011. En 2010, la cuantía máxima anual por este concepto ascendió a 3.000 euros. Se seguirán cubriendo gastos de alquiler, facturas de agua, energía o el IBI, la compra de muebles y electrodomésticos necesarios para vivir o gastos sanitarios y educativos, pero no las deudas previas por estos conceptos.

Los dos nuevos textos normativos aprobados en enero -el decreto y la orden de AES- desarrollan la ley y delimitan la ayuda, que tiene carácter "no periódico". Entre otras novedades, destaca que los solicitantes de las AES para pagar el alquiler deben estar inscritos en Etxebide, salvo algunas excepciones. La más polémica ha sido, sin duda, el cambio de criterios patrimoniales para cobrar la ayuda, pues desde este año solo podrán recibirla quienes tengan menos de 8.000 euros de patrimonio, exceptuando la primera vivienda, frente a los 40.000 euros como máximo establecidos hasta ahora. La asociación municipal Eudel ha calculado que con este nuevo criterio el 35% de quienes percibieron las AES en 2010 no podrán hacerlo este ejercicio.

La restricción económica queda recogida en la orden de AES para 2011, por lo que podrá ser modificada en la de 2012. Sin embargo, la limitación temporal a 12 meses en el pago de las hipotecas figura en el decreto, por lo que se podrá mantener igual.

Las cantidades máximas a recibir según el concepto por el que se pida la ayuda han permanecido inalterables: hasta 320 euros mensuales para el alquiler, 1.100 para el IBI y gastos de basuras y alcantarillado o 1.850 para electrodomésticos-. Sin embargo, la orden establece que cada Ayuntamiento deberá reducir las cuantías máximas en función de sus previsiones. Hasta ahora, solo algunos consistorios rebajaban las cantidades, generando desigualdades entre municipios. Las AES no suponen un derecho, por lo que cuando se agota la cantidad presupuestada por el Gobierno -17,3 millones este año- se deniegan o los Ayuntamientos deben aportar dinero propio.

Dos meses de transición

Las Diputaciones y los Ayuntamientos van a disponer de dos meses para trasladar a Lanbide todos los expedientes de la Renta de Garantía de Ingresos -55.000 en 2010- y prestación complementaria de vivienda. Así lo establece el proyecto de ley para la modificación de la Ley para la Garantía de Ingresos y para la Inclusión Social, que ya se encuentra en manos del Parlamento.

El cambio legal resulta necesario para que la Renta de Garantía y el complemento de vivienda pasen de ser tramitados entre los Ayuntamientos y las instituciones forales a quedar en manos de Lanbide, con el objetivo de que las prestaciones se vinculen a la búsqueda de empleo. Será a partir de la aprobación del cambio en la Cámara cuando se realizará el traslado físico de los expedientes de los entes forales y municipales hasta las dependencias del Servicio Vasco de Empleo.

El proyecto de ley establece que los expedientes que los Ayuntamientos ya hayan iniciado, aunque no exista aún una propuesta de resolución a la Diputación, se resolverán en Lanbide. El plazo para realizar este cambio será más corto, de 15 días. Los que ya se encuentren en manos de las instituciones forales deberán ser resueltos -realizar las comprobaciones pertinentes y conceder o denegar definitivamente la ayuda- antes de remitirlos a Lanbide. Estas instituciones también deberán realizar la transición en el caso de los convenios de inclusión.

Con el cambio se pretende simplificar la gestión de las ayudas. Tanto el PP como el PNV han solicitado a la consejería de Empleo y Asuntos Sociales que no se precipite.

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