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PNV y PSOE ultiman el 'blindaje' del Concierto

El País

El PNV y el PSOE están ultimando el blindaje del Concierto Económico para sacar las normas fiscales vascas de la jurisdicción contencioso-administrativa y llevarlas directamente al Tribunal Constitucional. El portavoz socialista en el Parlamento vasco, José Antonio Pastor, confirmó ayer que existe un "acuerdo básico" cerrado entre ambas formaciones en el Congreso, en el marco de las negociaciones para reformar la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. El portavoz del PNV en el Congreso, Josu Erkoreka, señaló ayer que aún quedan "flecos pendientes". El acuerdo, que limitaría las posibilidades de recurso a la normativa foral de carácter fiscal se alcanza en un momento en que el PSOE precisa el apoyo del PNV para los Presupuestos del Estado. Además, se está negociando entre las administraciones vascas y el Gobierno la renovación de la Ley del Cupo. El Ejecutivo vasco necesita también los votos socialistas para aprobar sus presupuestos.

El blindaje de las normas fiscales derivadas del Concierto era una demanda de todos los grupos parlamentarios vascos. El debate sobre su conveniencia lleva abierto mucho años. Sin embargo, la decisión del Tribunal Supremo a finales de 2004 de anular una parte del Impuesto de Sociedades de Euskadi reabrió definitivamente el debate. Las únicas discusiones son sobre cómo llevar a término esa protección.

Frente a otras posibilidades, el PNV ha defendido siempre la vía de su enjuiciamiento por el Constitucional, pese a no tener el rango formal de leyes. Socialistas y peneuvistas quieren que la reforma de la ley orgánica vaya a la Comisión Constitucional del Congreso antes del próximo 18 de diciembre y que definitivamente quede aprobada en pleno en febrero de 2007.

Constitucionalmente, las obligaciones tributarias tienen que regularse por ley. Sin embargo, el Estatuto y el Concierto atribuye esta competencia a los territorios históricos, cuyas Juntas Generales no aprueban leyes, sino normas forales, cuyo enjuiciamiento corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa. Ello hace que puedan ser recurridas por particulares y asociaciones, así como otras administraciones afectadas. Con la reforma, las normas tributarias sólo podrán ser impugnadas por el Gobierno central, 50 diputados o senadores y las comunidades.

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