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El Superior se apunta a la 'doctrina Botín' para cerrar el 'caso Ibarretxe'

Sostiene que la acusación popular no puede "por sí sola" abrir un juicio penal

Los argumentos jurídicos para archivar en la segunda sesión del juicio la causa abierta contra el lehendakari Ibarretxe, dos dirigentes del PSE y cinco de la ilegalizada Batasuna no se apartan de lo ya adelantado. La explicación para dar carpetazo al caso "es clara", reitera el tribunal en el auto dado a conocer ayer: "la petición de la acusación popular [en este caso el Foro Ermua y Dignidad y Justicia] por sí sola no puede dar lugar" al inicio del juicio en el procedimiento abreviado. Es decir, no están legitimadas para acusar penalmente en solitario cuando se piden penas de menos de seis años. Ese era el criterio defendido en la primera sesión de la vista oral por la Fiscalía y las defensas de los socialistas Patxi López y Rodolfo Ares y los cinco dirigentes de la izquierda abertzale.

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El auto apoyado por la mayoría de la Sala -el ponente Antonio Subinas y Juan Carlos Benito Butrón- destaca que la intención del legislador en relación con el papel de la acusación popular en el proceso penal es diáfana. Le da plena participación en la instrucción de la causa (iniciar un proceso, pedir medidas cautelares, pedir pruebas...), pero sólo puede instar la apertura de juicio si está acompañada por el fiscal o por la acusación particular que defiende los intereses de los directamente perjudicados por el delito. En respuesta a la postura del Foro Ermua, el tribunal apunta que dejar a la acción popular acusar en solitario "equivaldría a permitir que cualquier ciudadano no perjudicado u ofendido por el delito pueda, por su sola voluntad, actuar [penalmente] incluso en contra de los intereses del perjudicado u ofendido y en contra del criterio del fiscal". Una interpretación diferente, sostiene la Sala, "atentaría al principio de igualdad ante la ley". Tanto Subinas como Benito-Butrón apuntan que la voluntad del legislador en el artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal era "la exclusión del acusador popular" en "ausencia de acusación particular o de la del Ministerio Fiscal". Una interpretación "legítimamente constitucional", recalcan, y que sintoniza con la del magistrado ponente de la sentencia del caso Botín en el Tribunal Supremo, posterirmente corregida con el caso Atutxa. En aquella resolución, Enrique Bacigalupo señaló que, si el legislador hubiera querido que pudiera celebrarse juicio por el procedimiento abreviado con sólo la acusación popular, "así lo habría establecido en las posteriores reformas [de la LEC], circunstancia que no concurre".

Pese a que alguna de las defensas apreció mala fe procesal en las acusaciones populares, el tribunal resuelve que no la ha habido, ya que en la instrucción y en la apertura de juicio su actuación "ha contado con el visto bueno del juez instructor y de la Sala" que ratificaron "sus decisiones". Tanto el Foro Ermua como Dignidad y Justicia confirmaron ayer que recurrirán al Supremo el archivo de la causa, por lo que el Alto Tribunal va a tener la oportunidad de aclarar las contradicciones que se han puesto de manifiesto en sus sentencias sobre las cesiones de créditos del Banco Santander (caso Botín) y la no disolución del grupo de Batasuna en el Parlamento vasco (caso Atutxa).

Por su parte, la Sala de Gobierno del Tribunal Superior ha retrasado hasta el próximo viernes la respuesta a las duras críticas dirigidas por el Ejecutivo vasco contra su presidente, Ruiz Piñeiro, tras archivarse la causa.

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El presidente del tribunal, Manuel Díaz de Rábago, flanqueado por los magistrados Antón Subinas (derecha) y Juan Carlos Benito-Butrón.
El presidente del tribunal, Manuel Díaz de Rábago, flanqueado por los magistrados Antón Subinas (derecha) y Juan Carlos Benito-Butrón.EFE

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