_
_
_
_
_
DERECHOS DE AUTOR

Pymes informáticas denuncian en la UE el abuso de posición dominante de la SGAE

Los demandantes piden a la Comisión que investigue a las siete entidades de gestión españolas por el 'canon digital'También consideran que E spaña infringe la normativa comunitaria al permitir esta práctica

La asociación de pymes informáticas Apemit ha denunciado ante Bruselas a las siete sociedades de gestión de los derechos de autor por su "abusiva" aplicación del canon digital. También pide a la Comisión que estudie si España ha permitido legalmente el abuso de posición dominante, vulnerando la normativa de competencia: articulos 102, 106 y 258 del Tratado de Funcionamiento de la UE.

La denuncia, de 300 folios y presentada en julio, repasa el conflicto de la compensación por copia privada en España. Su evolución normativa desde sus orígenes como gravamen para los soportes y aparatos analógicos, en 1987, hasta su adaptación con retraso al entorno digital, por obligada transposición de la directiva del copyright, en 2006. Sin olvidar el pacto con la patronal Asimelec de 2003 sobre los CD y DVD vírgenes y los múltiples litigios judiciales derivados, que aún colean.

La denunciante cree que en la gestión del canon que realizan las entidades sin ánimo de lucro, a las que califica de "empresas", incurre en "múltiples prácticas abusivas" que conducen "al cobro de lo indebido".

El canon no es un impuesto. Es una compensación que cobran los creadores por las copias privadas que el consumidor hace de contenidos protegidos. Lo pagan los fabricantes, que lo repercuten al consumidor. De los 27 países de la UE lo aplican 20, incluida España. Las denunciadas (SGAE, AIE, Agedi, Aisge, Egeda, Cedro y VEGAP) están obligadas a recaudar colectivamente el canon y a destinar el 20% a asistencia y formación. Apemit considera que esta deducción "les lleva a abusar de su posición para maximizar sus ingresos".

Como la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) establece que están sujetos al canon los aparatos y soportes "idóneos" para reproducir contenidos con copyright, las sociedades de gestión consideran idonea la "mera capacidad técnica para copiar" y "extienden" el pago a todos los aparatos y soportes digitales, "aunque se demuestre que su destino no es para realizar copias privadas", como ocurre con las actas judiciales.

La abogada general del Tribunal de Justicia de la UE consideró en mayo que es "incompatible" con la directiva porque grava "a personas distintas de las personas físicas y a supuestos que no son para uso privado" en sus conclusiones sobre el caso que enfrenta a la SGAE y la tienda informática Traxtore, cuyo abogado, Josep Jover, es presidente de Apemit.

Pagos dobles

La asociación tacha de abusivas otras seis conductas. Por ejemplo, que hayan reclamado tarifas distintas a los deudores según firmasen o no el pacto con Asimelec. Los "no firmantes" pagan más y se lo exigen de forma "retroactiva". También piden la "misma compensación" a diferentes niveles de la cadena de distribución (fabricantes, importadores, mayoristas, minoristas...), "generando posibles dobles pagos" sin que haya "mecanismos para evitarlo". Incluso obstaculizan la "exención del canon a los productos exportados y a quienes tienen licencia de reproducción". Tampoco reconocen que se ha abonado a otra entidad europea el canon por los materiales "importados" de un país comunitario, cuando "mantienen acuerdos de reciprocidad entre ellas". Y abusan de su dominio cuando "exigen el canon a aparatos con medidas de protección" (DRM) que impiden, precisamente, la copia. Asimismo critica Apemit el "engaño" de éstas cuando alegan la "falta de eficacia" de los DRM para el cómputo del canon, a la vez que defiende su "carácter eficaz" cuando buscan protección contra quienes se saltan sus barreras.

Finalmente, las entidades también reclaman retroactivamente el canon de equipos "mixtos", como una grabadora de ordenador para música y datos, comercializados antes de la entrada en vigor de la ley y la orden ministerial de 2008, que los incluyó a pesar de que en la reforma de la LPI de 2006 "quedaron fuera".

España tampoco se libra de la denuncia por "haber establecido un régimen legal (...) que conduce a esta situación", aunque no es la primera vez que se demanda al Estado por permitir este monopolio. Los abogados Javier de la Cueva y David Bravo denunciaron en enero el incumplimiento de la misma norma comunitaria, basándose en el informe de la Comisión Nacional de la Competencia, que criticó su monopolio y recomendaba al Gobierno la revisión de la LPI. Los letrados, además, invitaban a la ciudadanía a sumarse a la iniciativa colgando en sus páginas la plantilla de la denuncia. Nueve meses después no saben cuántas personas la presentaron y aún esperan a que la Comisión "se digne contestar".

Al socialista español Joaquín Almunia, comisario de Competencia, no le espera una tarea fácil en un conflicto que, al menos, afecta a su departamento, Cultura y Mercado Interior.

Representación del texto de la denuncia, según la aplicación de Wordle.net.
Representación del texto de la denuncia, según la aplicación de Wordle.net.

Regístrate gratis para seguir leyendo

Si tienes cuenta en EL PAÍS, puedes utilizarla para identificarte
_

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_