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Análisis:Primer plano
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

La retribución y la doble moral

Mucho se ha hablado en los últimos meses de la retribución de los administradores. En España nuestro Tribunal Supremo se ha despachado con una serie de sentencias que ponen en cuestión el sistema seguido en la fijación de la misma en la mayor parte de nuestras sociedades anónimas. En el mundo anglosajón se ha levantado un auténtico clamor social contra la retribución percibida por los principales directivos de compañías como AIG o RBS, a las que ha habido que salvar con el dinero del contribuyente. Se trata de un tema mal resuelto, que nos lleva de nuevo a la reflexión sobre el buen gobierno de las sociedades cotizadas, materia en la que impera una lamentable doble moral. Públicamente los líderes empresariales proclaman su adhesión a los principios y recomendaciones al uso, mientras que en el ámbito privado y en la propia dinámica de los consejos de administración se tienden a ignorar. Y me atreveré a decir que nos hallamos ante una de las claves de la gravísima crisis que estamos pasando.

Nos hallamos ante una de las claves de la gravísima crisis que estamos pasando
Debe regularse la transparencia y la prevención de los conflictos de interés
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Los consejeros esquivan la crisis

Resulta indudable que una de las causas de la peor crisis económica desde la Depresión del 29 ha sido la excesiva propensión al riesgo de las entidades financieras. Debemos enmarcarla en una época en la que se perdieron los contrapesos del consenso social generado tras la Segunda Guerra Mundial, véase la presión fiscal, la intervención pública, los sindicatos y el reflejo crítico del modelo económico socialista. Todos ellos fueron decayendo durante la década de los ochenta, mientras se afianzó una concepción economicista del hombre. La economía liberal ha sostenido siempre que la búsqueda de la riqueza individual maximiza el bienestar colectivo. Después de un largo periodo crítico inspirado en los principios keynesianos, la economía neoliberal, personalizada en la figura de Milton Friedman, retomó con fuerza el discurso de la minimización de lo público, con la subsiguiente legitimación del egoísmo como combustible de la máquina económica.

En el ámbito que nos ocupa, la teoría de la agencia, elaborada por Michael Jensen, nos explicó que los directivos actúan como agentes de los accionistas, a través de un contrato implícito, en el que los sistemas retributivos deben ir dirigidos a producir alineamiento entre el interés de unos y de otros. En línea con el discurso neoliberal, se presume y legitima la concepción del directivo como un maximizador de la propia riqueza individual. El sistema retributivo debe diseñarse de tal manera que esa prioridad individual produzca como efecto el enriquecimiento de los accionistas y, de forma indirecta, de la sociedad en su conjunto. El más claro exponente de estos sistemas ha sido el de las opciones sobre acciones, las cuales producen, en teoría, ese alineamiento de forma automática. La teoría es buena y me atrevo a decir que el instrumento puede serlo también. Pero la problemática no resuelta de buen gobierno corrompe el sistema, dado que los planes de opciones y otros sistemas retributivos son diseñados por encargo de los propios beneficiarios, limitándose el consejo de administración a ratificar -y con ello legitimar- las propuestas que se le plantean.

Si a ello le unimos una dinámica de los mercados de valores esencialmente cortoplacista, donde el resultado trimestral se convierte en un tutor exigente que no perdona las malas noticias, nos hallamos con un cóctel explosivo. Los primeros ejecutivos dominan con frecuencia el Consejo de Administración, especialmente si no existen accionistas de referencia. Pero se trata de una dictadura breve. El plazo medio de duración en el cargo de los primeros ejecutivos norteamericanos se ha ido reduciendo y en la actualidad se sitúa por debajo de los tres años. Como hemos dicho: el mercado no perdona.

En este contexto no es de extrañar que proliferen los sistemas retributivos orientados hacia el corto plazo donde, en tiempos de bonanza, los directivos obtienen retribuciones astronómicas. Y en tiempos de crisis, corresponde en cambio al accionista y en última instancia, al contribuyente, absorber la pérdida. Pero mientras no asumamos que la problemática de buen gobierno sigue sin resolverse, aunque nacionalicemos y reprivaticemos las empresas, el problema volverá a surgir. Es preciso acometer el tema con rigor, pues de lo contrario volverá a proliferar la avidez y la corrupción del modelo.

Nuestro Tribunal Supremo ha considerado que el actual modelo, en el que los estatutos se limitan a fijar el sistema retributivo, no es acorde con la ley. En el fondo tiene razón nuestro Alto Tribunal, pues no resulta de recibo que, en última instancia, sea el propio consejo, guiado frecuentemente por su presidente ejecutivo, el que determine su propia retribución. Lamentablemente, las sentencias resultan prácticamente imposibles de aplicar, pues obligarían a una continua modificación de estatutos.

La solución no es fácil. La Comisión Europea ha publicado recientemente unas recomendaciones bien orientadas. Ante todo hay que distinguir entre la retribución de los consejeros ejecutivos y la de los que no lo son. La de los primeros debe ser analizada por comités de retribuciones que funcionen realmente con independencia. En cuanto a la retribución del consejo en su conjunto, es preciso que sea la junta general de accionistas quien, como órgano soberano, se pronuncie anualmente. Existe ya una recomendación al respecto en nuestro vigente Código de Buen Gobierno, pero la mayoría de las sociedades no la cumplen.

Y es que, posiblemente, en toda esta cuestión, no baste ya con las recomendaciones. Aunque es preciso respetar la autonomía de las empresas en la configuración de los sistemas retributivos, debe regularse imperativamente la transparencia y la prevención de los conflictos de interés, para evitar que vuelvan a extenderse las conductas irresponsables.

Miguel Trias Sagnier - es catedrático de Derecho Mercantil de ESADE (URL).

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