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Columna
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Broma pesada o acoso sexual

Constituye acoso sexual cualquier comportamiento, verbal o físico, de naturaleza sexual que tenga el propósito o produzca el efecto de atentar contra la dignidad de una persona, en particular cuando se crea un entorno intimidatorio, degradante u ofensivo. La sociedad es cada vez más consciente de que estamos ante temas en los cuales es preciso tener muy poca tolerancia o se corre el riesgo de acabar legitimando actuaciones que caen fácilmente en la humillación y denigración del individuo. De esta forma, determinadas conductas que hasta hace bien poco se miraban con cierta benevolencia e incluso complicidad, se juzgan ahora de un modo más riguroso.

Es en este contexto donde debemos situar una reciente sentencia que ha reconocido como acoso sexual la publicación por el trabajador de un supermercado de un anuncio en el tablón de anuncios de la empresa, en el que una mujer se ofrecía a mantener contactos esporádicos con otras personas, de uno u otro sexo, acompañándolo del número de teléfono de una compañera de trabajo.

En ningún caso, entiende el tribunal, puede considerarse tal conducta como una simple "broma pesada y de mal gusto". Las frases del anuncio, tanto por su contenido intrínseco como por el lugar en que fue colocado éste, un tablón de anuncios dirigido y utilizado por los clientes del supermercado en el que prestaba servicios la trabajadora, son algo mucho más grave que una broma pesada, y, por su propia significación, se configuran como expresiones injuriantes, realizadas en desprestigio y menoscabo de la dignidad del sujeto pasivo a quien van dirigidas. Constituyen un atentado de tal gravedad para el honor de su destinataria que rompen de forma irreparable la convivencia laboral.

La gravedad de tal conducta se constata igualmente si se valora a la luz de la conciencia social imperante, de la que es ejemplo la Ley de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres. Una de sus pretensiones es la remoción de los estereotipos sociales que impidan alcanzar la igualdad real. El tribunal va a entender incluidos dentro de estos estereotipos y obstáculos sociales la desfachatez de pensar que se puede maltratar sexualmente a una compañera de trabajo, haciendo mofa y público desprecio de su dignidad. -

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