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Laboral | CONSULTORIO
Columna
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Jubilación a los 70

La esperanza de vida en España continúa subiendo; por primera vez, los españoles tienen una expectativa de vida media superior a los 80 años. En paralelo, el índice de natalidad se mantiene como uno de los más bajos del mundo. Con estos datos, es previsible un descenso de la población activa en los próximos años. El miedo a una crisis futura del Sistema Público de la Seguridad Social es un temor constante.

La preocupación porque el cambio demográfico pueda generar la incapacidad de la Seguridad Social para hacer frente a sus compromisos sociales ha motivado en los últimos años distintas políticas que tratan de prevenir tal posibilidad. Medidas como la estimulación de sistemas de Seguridad Social alternativa (planes y fondos de pensiones) o el progresivo aumento del fondo de reserva constituyen ejemplo de esto.

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Pero el envejecimiento de la población puede también ser compensado con el incremento en las tasas de ocupación. Tal es el objetivo de la más reciente medida anunciada por el Gobierno, dirigida a estimular a los trabajadores a retrasar la edad de jubilación.

No es la primera vez que nuestro Ejecutivo adopta soluciones de este tipo. Ya en el pasado se han aprobado distintas iniciativas con el propósito de promover la prolongación de la vida laboral de los trabajadores, e incentivar igualmente a las empresas a contratar a trabajadores en edades de jubilación. Figuras como la jubilación flexible o la jubilación parcial, que permiten compatibilizar trabajo y jubilación, o la reducción de las cotizaciones para los mayores de 65 años, se enmarcan en esta dinámica.

El último proyecto prevé el incremento paulatino de la pensión de jubilación hasta un máximo del 15% en cinco años para aquellos trabajadores que deseen prolongar su vida laboral más allá de los 65 años. Tal incremento se produciría un 3% por cada año trabajado hasta alcanzar los 70 años.

Al mismo tiempo, los empresarios no tendrían que cotizar a la Seguridad Social por estos trabajadores que accedieran a la jubilación después de los 65 años, siempre que éstos lo hicieran de "forma voluntaria" y estuvieran realmente en condiciones para trabajar.

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