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Reportaje:OFERTAS DE EMPLEO

Preavisos con el tiempo justo

España es uno de los países que exigen menos días de antelación para comunicar un despido

Con sus 15 días de antelación como plazo mínimo legal para avisar de un despido, España es uno de los países que menos tiempo exigen a las empresas en este terreno. No son los siete exiguos días de Irlanda, Hong Kong y Singapur, ni la ausencia total de exigencia de preaviso de México y EE UU, pero sí están muy lejos de los 60 días a los que obligan las legislaciones de República Checa, Eslovaquia y Suiza. El análisis comparativo lo ha llevado a cabo la consultora Mercer, especializada en recursos humanos, externalización e inversiones.

Entre sus conclusiones, figura el hecho llamativo de que en la propia Unión Europea exista una variedad enorme de plazos según los países, algo sobre lo que los autores del documento (Global Human Resource Factbook) muestran su extrañeza, ya que "cabría esperar más homogeneidad". Entre los 43 países estudiados, España está en el puesto 15, es decir, en el pelotón de cabeza de los que menos días de antelación exigen. Dentro de la UE, Chipre y Finlandia (con 14 días de plazo) y Rumania (con 15) se sitúan a la par que nuestro país. Sin embargo, Francia, Bulgaria, Dinamarca, Luxemburgo, Holanda, Portugal y Austria obligan a avisar al trabajador al que se da la baja con al menos 30 días de adelanto, mientras que Alemania impone un plazo de 28, y Bélgica, uno de los más proteccionistas, alcanza los 45 días.

En un tercio de los países analizados el plazo de preaviso se puede modificar en función de la antigüedad del empleado en su puesto de trabajo

Desde el punto de vista de los empleados, la baja voluntaria en España se debe comunicar a la empresa, en teoría, asimismo con un mínimo de 15 días de anticipación. También aquí nuestro país se encuentra en el grupo con menos plazo de preaviso. Contrasta la cifra con las de Bélgica, Bolivia y Dinamarca, que obligan a avisar con tres meses de adelanto, siempre según los datos recabados por Mercer, que se centran en los trabajadores con un año de antigüedad.

Aunque todos estos plazos se refieren al marco general, hay especificidades y excepciones, por ejemplo en función del tipo de contrato. Así, en un tercio de los países analizados los márgenes se pueden modificar en función de la antigüedad del empleado en su puesto de trabajo, como ocurre en el Reino Unido, donde las empresas tienen la obligación de avisar con siete días de anticipación por cada año completo trabajado, hasta un máximo de doce semanas.

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