La AEPD prohíbe a Facebook publicar un vídeo que se emitió en televisión
Una madre denuncia la propagación de la grabación en Internet para defender la privacidad de su hijo
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) insta a Facebook y Google por negarse a eliminar un vídeo publicado en Youtube que relataba un fragmento de un programa emitido en Cuatro en el que aparecía un menor. La cadena de televisión contaba con el consentimiento de la familia. Su propagación en la Web es lo que llevó a la madre del menor a denunciar los hechos ante la AEPD. Además alegó que ambas plataformas permitieron comentarios vejatorios contra su hijo. "Ambos portales de Internet cuentan con 10 días hábiles para retirarlo desde la notificación de esta resolución", según ha manifestado el director de la Agencia, Artemi Rallo. "Es la primera vez que le imponen la retirada de un vídeo a Facebook", asegura Miguel Cobacho de salirdeinternet.com. "De momento ninguna de las dos empresas ha presentado recurso", han informado desde la Agencia.
Todo comenzó el pasado 13 de septiembre cuando la madre del menor acudió a la AEPD a denunciar los hechos, indicando que había solicitado la eliminación de la imagen y la voz de su familia, especialmente de su hijo, tras salir en un programa de la cadena de televisión Cuatro: Magnolia TV España S. L, Google Spain, S.L. (por videos aparecidos en Youtube), a la Sociedad de Televisión de la cadena y a Facebook Spain S.L. Una vez expuestas las razones, la AEPD trasladó la reclamación a las entidades implicadas para que alegaran cuanto estimaran conveniente a sus derechos.
Magnolia manifestó que "obtuvo todas las autorizaciones y cesiones de derechos" y así lo ha determinado la Agencia. Google, en un primer momento, reclamó no ser la titular de la plataforma de alojamiento de vídeos YouTube y Facebook Spain señaló que no tenía las competencias necesarias para proceder a dicha eliminación.
AEPD dejó claro que en cuanto a Google existían indicios que evidenciaban que ésta actuaba como representante del servicio ofrecido por Youtube y que a Facebook se le debía aplicar la normativa comunitaria. "En el supuesto examinado, ha quedado acreditado que la reclamante solicitó a Facebook Spain, S.L. la cancelación de sus datos personales y los de su hijo menor en relación a un vídeo de YouTube que aparecía la citada red social", dice la resolución. Además destaca que, con carácter previo, "el ejercicio del derecho de cancelación debe ejercitarse ante el responsable del fichero. Si bien Facebook Spain, S.L. no es responsable de los contenidos que aparecen en la citada red social, debe realizar las gestiones necesarias en orden a su retirada o imposibilidad de acceso a los mismos cuando la Agencia Española de Protección de Datos, como órgano competente, así lo determine".
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