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Absuelta una curandera de un delito de estafa porque los afectados tenían que haber detectado su "burdo engaño"

La maga se comprometió a sanar por 18.000 euros y un pájaro a un hombre enfermo de cáncer, que falleció

El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de estafa a una curandera condenada a dos años y medio de cárcel por comprometerse a cambio de 18.000 euros a curar a un enfermo terminal de cáncer. La sentencia del alto tribunal afirma que "la esperanza es humanamente entendida, pero la confianza en la magia no puede recabar la protección del derecho penal".

La Audiencia Provincial de Cádiz condenó a Nuria Montero Gallardo a 2 años y medio de cárcel y multa de 8 meses con cuota diaria de 6 euros por un delito de continuado de estafa de especial gravedad, porque consiguió que dos de los hijos de un enfermo de cáncer con metástasis le pagaran 18.000 euros y un pájaro para que sanara a su padre.

Sin embargo, el Supremo en una sentencia de la que ha sido ponente el magistrado José Antonio Martín Pallín, considera que no se da el engaño bastante para condenarla por un delito de estafa, porque "el ciudadano medio de nuestra sociedad, tiene un nivel de información sobre estas enfermedades y sus características, que difícilmente puede alegar confianza racional en poderes paranormales".

No es estafa

"Se considera que no existe estafa cuando el sujeto pasivo acude a médium, magos, poseedores de poderes ocultos, echadoras de cartas o de buenaventura o falsos adivinos, cuyas actividades no puedan considerarse como generadoras de un engaño socialmente admisible que origine o sean la base para una respuesta penal. En estos casos se considera que el engaño es tan burdo e inadmisible que resulta inidóneo para erigirse en el fundamento de un delito de estafa", explica la resolución.

Asimismo, considera indiscutible que los denunciantes "estuviesen angustiados ante la grave enfermedad que padecía su padre y que buscasen desesperadamente cualquier tratamiento que pudiera curar su enfermedad", pero "en el mundo intercomunicado en el que vivimos, cualquier persona media está en condiciones de conocer cuáles son los efectos de los padecimientos que genéricamente se recogen bajo la denominación genérica de cáncer".

Tras destacar que los médicos les habían advertido que era imposible la cura del carcinoma que padecía el padre, el alto tribunal agrega que, en este caso concreto, era aún más difícil el engaño, porque la hija era administrativa del Ayuntamiento y el hijo,

auxiliar de clínica, aunque trabajara en la construcción. "En todo caso su reclamación podría encauzarse por la vía civil si es que consiguen demostrar que fueron inducidos por palabras o maquinaciones insidiosas", propone la resolución.

18.000 euros y un pájaro

En febrero de 2001, dos de los hijos de un enfermo incurable acudieron al domicilio de Nuria Montero Gallardo en Jerez de la Frontera, porque una tía suya les había dicho que tenía "poderes" y que estaba sanando a un familiar suyo.

Tras ver una fotografía de su padre les dijo que le podría curar si empezaba el tratamiento antes de una semana a cambio de 18.000 euros, de los que los clientes descontaron lo que les costó un pájaro llamado "Inseparable" que compraron en Ubrique, porque la curandera decía que necesitaba sacrificar animales y extraerles los mismos órganos que tenía enfermos el padre. Entre los métodos utilizados para la sanación figuraba poner una vela y un cazo de agua delante de la foto del padre.

Para conseguir el dinero, los hermanos tuvieron que pedir un crédito que cuando se dictó la primera sentencia seguían pagando. En un momento determinado, la hija enfermó y fue ingresada en el hospital; la curandera le dijo que le había pasado el cáncer de su padre. En julio de 2001, el hombre murió.

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