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Castilla y León omitió el trámite legal para talar el refugio de aves de Navas del Marqués

Los técnicos admiten ante el juez que la Junta varió la protección para satisfacer al constructor

Los dos técnicos de la Junta de Castilla y León que abrieron ayer las declaraciones por el caso Navas del Marqués (Ávila) admitieron que la Junta de Castilla y León ignoró el trámite imprescindible para urbanizar en un área crítica para la cigüeña negra, ya que modificaron los límites de protección para la especie sin justificación y para satisfacer al constructor. Aun así, el entonces jefe de Espacios Naturales de Ávila, Sabas Yagüe, y el técnico de Impacto Ambiental, Alfredo Martín Ramírez, defendieron la construcción de 1.600 chalés y cuatro campos de golf a costa de 35.000 pinos. El Tribunal Superior de Castilla y León ya ha declarado ilegal ese plan por afectar a la cigüeña negra.

El caso Navas del Marqués comenzó ayer su andadura en el juzgado número 2 de Ávila. El Tribunal de superior de Justicia de Castilla y León sentenció en octubre pasado que no se podía construir la Ciudad del Golf porque violaba la normativa urbanística. La urbanización estaba impulsada por el Ayuntamiento de Las Navas, la Junta de Castilla y León y la Diputación, todas del PP, que crearon una empresa pública con el fin de "proteger el monte" y se dedicaron a recalificarlo. El juzgado intenta ahora ver si los que impulsaron la urbanización en 210 hectáreas de pinar cometieron un delito, como ocurre en Marbella con los concejales que aprueban las licencias declaradas ilegales.

Hoy declararán como imputados por corrupción al director general del Medio Natural, alcalde, Gerardo Pérez, y el ex delegado territorial de la Junta en Ávila, Félix San Segundo.

Los dos técnicos que declararon ayer en calidad de testigos dejaron claro que la Junta decidió urbanizar 12 hectáreas de área crítica para la cigüeña negra -una especie en extinción-. Para urbanizar ese terreno, la Junta debió haber emitido una orden con un periodo de alegaciones, algo que habría recibido oposición ecologista y científica. En su lugar, la Junta optó por desprotegerla "de hecho" con un documento interno firmado por el director de Medio Natural, Mariano Torre, que hoy declarará como imputado por corrupción. Esa zona ocupa sólo el 5% del total de la urbanización pero era imprescindible para el promotor.

Alfredo Martín Ramírez afirmó que cuando el plan llegó a la ponencia técnica "no quedaba claro la afección al área crítica [para la cigüeña] si quedaba o no excluida" y que por eso "se solicitaron informes a la dirección de Medio natural". El técnico añadió: "La Ley establece que si se quiere excluir, y que si lo que querían es que se hiciera, se debería hacer mediante una orden". Y concluyó que estaba "a favor del proyecto, pero que consideraba que la forma de excluir el área crítica no era la correcta". En su declaración, Martín Ramírez minimizó el impacto del proyecto, y afirmó que nadie le presionó.

Tras él, declaró Sabas Yagüe, entonces jefe de Espacios Naturales de la Consejería de Medio Ambiente en Ávila. A preguntas del abogado de la asociación Ecologista Centaurea, Yagüe afirmó "que varios vocales de la ponencia técnica, entre ellos él, tenían dudas sobre si esa parcela estaba en área crítica o no", en cuyo caso no se podría urbanizar. Esa duda se la transmitieron al director de Medio Natural, que a su vez le pidió un informe al propio Yagüe sobre el tema. Este emitió entonces, noviembre de 2003, un informe en el que "implícitamente sostiene que la parcela está en área crítica", según declaró ayer.

El director de Medio Natural, Mariano Torre, eligió las partes en las que Yagüe minimiza el impacto de la urbanización y dio luz verde a la Ciudad del Golf.

Yagüe reconoció ante el juez que esa parcela "no había perdido su valor y que no había razón objetiva" para que fuera excluida y admitió que "se recalificaron los terrenos del área crítica" y que en la evaluación "no se valoró" que el terreno es Zona de Especial Protección para las Aves y Lugar de Interés Comunitario.

A preguntas de la defensa, Yagüe restó valor a la pérdida de las 12 hectáreas. Las defensas de los imputado no intentaron defender el trámite de la recalificación, sino destacar que las 12 hectáreas suponen una parte muy pequeña de la zona de protección para las aves y que no es vital para la especie.

El Tribunal Superior declaró que el pinar no se podía urbanizar y que la legislación al respecto "lleva necesaria y regladamente a tener que clasificar dicho terreno como suelo no urbanizable con protección natural".

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