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Condenada a seis meses por presentar denuncias falsas contra su exmarido

Le acusaba de impago de la pensión y de abusar sexualmente del niño, menor de edad.

La Audiencia de Valencia ha condenado a seis meses de prisión y una multa de 7.200 euros a una mujer que presentó dos denuncias falsas contra su exmarido en las que le acusaba del impago de la pensión por alimentos al hijo que tienen en común y de abusar sexualmente del niño, menor de edad.

La sentencia de la Sección Segunda, que atribuye a la madre dos delitos de denuncia falsa por imputación falsaria de delitos, uno grave y otro menos grave, la condena también a indemnizar con 12.000 euros a su expareja, quien, como consecuencia de las denuncias, no pudo ver ni comunicar con su hijo durante tres años y medio.

El fallo, contra el que no cabe recurso, estima parcialmente el recurso interpuesto por la mujer a un fallo de instancia -que le imponía un año de prisión y 10.800 euros de multa, además de la indemnización- y rebaja a la mitad la condena de prisión inicial.

El 13 de julio de 2005, la acusada, sabiendo que no era cierto, presentó contra su excónyuge, de quien se encontraba separada, una denuncia en la que aseguraba que éste había agredido sexualmente a su hijo, menor de edad.

La denuncia derivó en una investigación al hombre que concluyó con el sobreseimiento de la causa por parte del juez y, tras el recuso de su exmujer, la ratificación del mismo por parte de la Audiencia Provincial.

Por otra parte, sabiendo asimismo que era falso, denunció en julio de 2005 y junio de 2006 a su exmarido por un delito de abandono de familia por el impago varios meses de la pensión alimenticia que había acordada sobre su hijo.

Igualmente, el juez, primero, y la Audiencia Provincial, después, acordaron el archivo de la causa después de que el denunciado presentara los justificantes de pago en plazo, mediante transferencia bancaria a la cuenta de la acusada, de los diferentes recibos.

Como consecuencia de las denuncias, el hombre, divorciado de su expareja desde abril de 2007, no pudo ver a su hijo entre marzo de 2005 y septiembre de 2008, fecha en la que le fue otorgada la patria potestad sobre el menor.

En primera instancia, el Juzgado de lo Penal número 15 de Valencia consideró a la mujer autora dos delitos de denuncia falsa, y la condenó a un año de prisión, 10.800 euros de multa y a indemnizar con 12.000 euros a su exmarido.

La acusada recurrió la sentencia alegando la aplicación indebida del Código Penal, la improcedencia de la indemnización por daños morales por la inexistencia de los mismos y por la arbitraria fijación de la pena impuesta.

En su recurso, aseguraba que creía ciertos los hechos por los que denunció a su compañero sentimental y que, al contrario que sostiene el juez, no actuó con "desprecio a la verdad".

No obstante, la Audiencia de Valencia estima que ha existido una evidente utilización del proceso penal con "finalidades torticeras" en contra de su denunciado en los respectivos casos e "incluso de la propia Administración de Justicia".

Destaca, por ejemplo, que el informe médico en base al que denunció al exmarido por agresión sexual está fechado en mayo de 2005, mientras que denunció los hechos hasta dos meses después, y que denunció el impago de pensión de algunos meses que aún no habían transcurrido.

Aunque sí concede una rebaja en la condena inicial fijada, tal y como pretendía la recurrente, al contrario que ésta considera adecuada la indemnización al padre del menor, debido al deterioro de la relación progenitor-hijo derivado de la situación.

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