EFE - Barcelona - 21/11/2008
La Audiencia de Barcelona ha condenado a cuatro años y un día de prisión a Gabriel Alejandro Fernández, el propietario del bar 242 de la calle Entença de Barcelona, por los ruidos procedentes de su local, que estuvo funcionando ilegalmente como after hour, por lo que acumuló 32 denuncias de los vecinos.
Los hechos ocurrieron entre diciembre de 2006, cuando el acusado adquirió el local, y junio de 2007, cuando el Ayuntamiento precintó el establecimiento, que posteriormente, tras llevar a cabo las reformas necesarias, reabrió y apenas provoca ahora molestias a los vecinos, según constataron éstos en el juicio.
Gabriel Alejandro Fernández, de origen argentino, negó las acusaciones durante el juicio y se limitó a asegurar que el equipo de música siempre contó con un limitador de sonido. En cambio, los vecinos describieron como "insoportable" y "desagradable" el ruido procedente del local, que les impedía dormir, tanto a los adultos como a los niños, por lo que en algunos casos tuvieron que recurrir a tratamiento médico para conciliar el sueño y superar situaciones de estrés y depresión, según relataron. Asimismo, uno de los técnicos que en su día contrató Gabriel Alejandro Fernández para ajustar el regulador de sonido señaló también en el juicio que hasta marzo de 2007 el regulador no tenía límite de sonido y que lo ajustó hasta los 85 decibelios, cuando el límite fijado para un bar era de 70.
La sentencia de la Sección Octava de la Audiencia de Barcelona condena al procesado por un delito contra el medio ambiente, pero le absuelve de los nueve delitos de lesiones de que los que le acusaba la fiscalía que, en total, solicitaba quince años de cárcel. En concreto, pedía seis años de prisión por un delito contra la salud pública y el medio ambiente, así como otros nueve años, a razón de un año por cada uno de los nueve delitos de lesiones que sufrieron los nueve afectados.
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Slayton
- 21-11-2008 - 21:29:53h
Pero..¿4 años de cárcel? Soy el primero que le molesta el ruido cuando intento dormir por las noches para poder rendir al día siguiente en el trabajo. Pero me parece indignante que el Ayuntamiento de Barcelona no hiciera nada al respecto durante 6 meses. A ellos son los que deberían de procesar. Se trata de prevenir estas situaciones y no de castigarlas una vez el daño ya está hecho.
11
Pegada al botellón
- 21-11-2008 - 20:22:44h
¿Y qué pasa con el Ayuntamiento de Barcelona, que consintió la actividad 6 meses?¿Nadie tiene allí responsabilidad? Cuando también les caiga el pelo a las autoridades municipales que toleran estas cosas empezaremos a vivir tranquilos.
10
maria
- 21-11-2008 - 20:08:43h
me parece maravilloso. Lastima que no hubieran condenado a 20 anos al dueno de la discoteca de madrid despues del primer informe de la policia. el ayuntamiento alli no hizo nada de nada hasta que uno de sus matones asesino a un muchacho
9
Mary
- 21-11-2008 - 19:55:01h
Muy bien, a la cárcel todos los que no dejan a uno dormir con sus ruidos.
8
despistao
- 21-11-2008 - 19:20:18h
Puede resumirse con en dos palabras: despropósito jurídico. El delito contra el medio ambiente (art. 325 CP) únicamente resultaría de aplicación si el ruido hubiera perjudicado gravemente el equilibrio de un ecosistema natural. Es decir, siguiendo el razonamiento esgrimido en la resolución comentada, deberíamos concluir que el ecosistema lesionado es el de la comunidad de vecinos. Lo dicho un auténtico dislate interpretativo.
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