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LA REFORMA SOCIAL

El Congreso aprueba hoy la reforma que acortará y agilizará el divorcio

La ley permite compartir la guarda de los hijos y acaba con el requisito de la separación previa

Un divorcio más rápido y con menos costes. Ése es el objetivo de la reforma del divorcio que aprobará hoy el Congreso. Cuando entre en vigor este cambio del Código Civil, previsiblemente en julio, las parejas podrán pedir el divorcio tres meses después de la boda, sin separarse previamente. También se regula la custodia compartida de los hijos. El juez no podrá dictarla si el padre y la madre se oponen, pero cabrá concederla excepcionalmente si la pide sólo un progenitor. Se creará un fondo que garantice las pensiones a los hijos y se regulará la posibilidad de acudir a la mediación familiar voluntaria.

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Un divorcio más rápido y con menos costes. Ése es el objetivo de la reforma del divorcio que aprobará hoy el Congreso. Cuando entre en vigor este cambio del Código Civil, previsiblemente en julio, las parejas podrán pedir el divorcio tres meses después de la boda, sin separarse previamente. También se regula la custodia compartida de los hijos. El juez no podrá dictarla si el padre y la madre se oponen, pero cabrá concederla excepcionalmente si la pide sólo un progenitor. Se creará un fondo que garantice las pensiones a los hijos y se regulará la posibilidad de acudir a la mediación familiar voluntaria.

El proyecto de ley, que ha incorporado diversas enmiendas parlamentarias, contará con un respaldo mayoritario. El PP se abstendrá: aunque comparte aspectos como el divorcio sin separación, rechaza otros como la custodia compartida sin mutuo acuerdo, explicó la diputada Carmen Matador. Se trata de la primera reforma desde que, en 1981, volvió a legalizarse el divorcio. Desde entonces, se han presentado más de millón y medio de demandas de separación o divorcio, con un ritmo anual creciente (126.743 en 2003, según el Consejo General del Poder Judicial). Una de sus metas es que "la libertad, como valor superior de nuestro ordenamiento jurídico, tenga su más adecuado reflejo en el matrimonio", según la exposición de motivos.

- Divorcio directo. Un matrimonio podrá pedir directamente el divorcio sin tener que separarse previamente, como hasta ahora. "Esto reduce los costes personales y económicos de la ruptura. Sólo hay que emprender un proceso, y no dos", según el ponente socialista de la ley, Julio Villarrubia. La figura de la separación (admitida por la Iglesia católica, opuesta al divorcio) se mantiene para quien la desee (en ese caso es imposible contraer nuevo matrimonio).

- Sin causas y a los tres meses. Para presentar la demanda de ruptura sólo habrá que esperar tres meses desde la boda (ahora se debe aguardar un año). Desaparece la necesidad de alegar causas cuando la separación o el divorcio sean sin acuerdo.

- Custodia compartida de los hijos. Esta fórmula, hasta ahora sin regular, permite que los niños vivan alternativamente con el padre y la madre. Tras varios cambios sobre la redacción inicial, se establece que cuando los progenitores acuerden compartir la guarda y custodia de los hijos, el juez deberá concederla tras recabar "en todo caso" el informe del fiscal, que no será vinculante. También podrá escuchar la opinión de los hijos si lo considera oportuno o si lo piden el fiscal, las partes o los propios niños. Se prohíbe la custodia compartida si existe violencia familiar.

- Casos "excepcionales".

Cuando ni el padre ni la madre deseen compartir la custodia, el juez no podrá establecerla. Pero si la solicita sólo uno de los cónyuges, el juez podrá acordarla "excepcionalmente" si el informe del fiscal es favorable y si "sólo de esa forma se protege adecuadamente el interés superior del menor".

- Fondo de pensiones y mediación. En aras del consenso, se ha introducido en el proyecto la creación de un fondo que garantice el impago de pensiones destinadas a los hijos (el Gobierno deberá hacer una ley específica para ello). También se establece la mediación familiar voluntaria como un recurso alternativo para resolver los litigios familiares. Deberá definirse en un proyecto de ley.

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