JULIO M. LÁZARO - Madrid - 15/04/2008
El Pleno del Tribunal Constitucional tiene previsto votar hoy la primera de las cuestiones de inconstitucionalidad sobre la redacción que la ley integral de Violencia de Género dio al artículo 153.1 del Código Penal, que marcaría la doctrina a seguir en las alrededor de 180 consultas de este tipo elevadas al alto tribunal por magistrados y jueces de toda España. En dichas cuestiones se pide al Constitucional que se pronuncie sobre el agravamiento penal para los hombres establecido en la Ley Integral contra la Violencia de Género, aunque el trasfondo de la resolución no es otro que la mayor sanción penal de la violencia machista.
El Tribunal cree que la agresión del varón es más frecuente y reprobable
Según fuentes del Constitucional, el Tribunal se inclina mayoritariamente por la constitucionalidad de la ley, aunque habrá que esperar al pleno de hoy para ver si finalmente se adopta una resolución, ya que es la segunda vez que se delibera la cuestión y en la ocasión anterior se encomendó al ponente, Pascual Sala, la reelaboración de la ponencia.
Frente a la posibilidad de hacer una sentencia interpretativa, el Tribunal se inclina por desestimar la cuestión por entender que el acento debe ponerse en el mayor desvalor que supone la conducta del hombre que maltrata a su pareja. El distinto tratamiento penal se justificaría no en una discriminación positiva porque la mujer sea especialmente vulnerable, sino porque el desvalor de la conducta del maltratador es más reprobable y además es más frecuente.
El Tribunal tiene pendiente de resolver alrededor de 180 cuestiones de inconstitucionalidad contra los artículos 171.4, 153.1, 172.2 y 57. 2 del Código Penal, en la redacción dada a estos artículos por la ley integral de Violencia de Género. La que se ve hoy, en concreto, es la primera de las interpuestas, por una juez de lo penal de Murcia. También tiene que pronunciarse sobre las medidas previstas en el artículo 57.2 y relativas a la prohibición de residencia, medidas de alejamiento, prohibición de comunicarse con la víctima y posibilidad de control electrónico introducidas con anterioridad a la ley de Violencia de Género socialista por el ministro del PP José María Michavila.
El artículo 153.1 del Código Penal castiga al que cause "menoscabo psíquico", o una "lesión no definida como delito" o "golpee o maltrate de obra sin causar lesión", y la ofendida sea o haya sido esposa o mujer que esté o haya estado ligada al maltratador por relación de afectividad aun sin convivencia, o una persona especialmente vulnerable que conviva con él. Las penas a imponer son de prisión de seis meses a un año o trabajos en beneficios de la comunidad de 31 a 80 días y, en todo caso, privación de portar armas de uno a tres años, y cuando el juez lo estime adecuado, la inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad, tutela, guarda, etcétera hasta cinco años.
Esas mismas penas se imponen por "amenazas leves" (artículo 171.4) y a quien "de modo leve coaccione" (artículo 172.2) a la esposa, o a la mujer con quien haya convivido el autor de las amenazas o coacciones.
La primera cuestión de inconstitucionalidad sobre la que está previsto debatir hoy fue presentada por la juez de Murcia María Poza en el verano de 2005. En síntesis, la consulta de esta magistrada pedía al Tribunal que se pronunciase sobre si el mayor castigo al hombre que a la mujer que maltrata a su pareja viola el principio constitucional de igualdad ante la ley.
La decisión del Constitucional tiene paralizados numerosos procedimientos y la totalidad de los que están pendientes desde que se produjo la reforma de la ley orgánica del Tribunal Constitucional de mayo de 2007, puesto que ésta así lo establece. En las cuestiones presentadas con anterioridad algunos jueces han seguido adelante con los procesos para evitar males mayores. Precisamente la paralización de todos estos procesos quema los dedos a los magistrados del Tribunal, que temen que pueda ocurrir una desgracia a alguna de las víctimas a las que afectan los procedimientos suspendidos.
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- 15-04-2008Página 1 de 8
39
pepe
- 15-04-2008 - 19:41:50h
22 años de matrimonio y un dia a la calle por maltrato psicologico gane el juicio y demostre una denuncia falsa,pero segui en la calle no paso nada para ella nadie la molesto despues separacion,por falta de amor marital y yo en la calle un supuesto que no comtemplaba la ley en quien creo. Decidi no volver a casarme con una española y bendito sea el dia que tome esa decision.pero aun no he recojido un solo objeto personal mio de la casa que me quitaron un dia en nombre de la igualdad
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pepe
- 15-04-2008 - 19:22:21h
¿donde queda el todos somos iguales ante la ley?cada dia tiramos mas a la sociedad hembrista
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maria antonia
- 15-04-2008 - 19:00:44h
o sea que si hay más traficantes que traficantas, más ladrones que ladronas, más asesinos que asesinas, la pena para todas que cometen delitos no va a ser la misma porque "el ¿desvalor?de la conducta del delincuente es más reprobale y más frecuente que el de la delincuenta y por tanto totalmente comprensible que no sea culpada con la misma pena...queda claro ¿no? próximo paso....desaparecerán las cárceles para mujeres...! qué mundo este!
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melon
- 15-04-2008 - 18:58:09h
SI Bomberin se acabara rompiendo y desembocara en dos sociedades una de hombres normales denunciados injustamente condenados y otra de mujeres "denunciantes falsas" habra dos sociedades ¡¡SEGURO!!....se ve venir.
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Emilio
- 15-04-2008 - 18:39:37h
No soy jurista pero se me hace dificil conciliar que una ley que castiga de forma diferente según que el sujeto del delito sea hombre o mujer, no infrinja el precepto constitucional de no discriminación por razón de sexo.
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