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La Justicia italiana aplica por primera vez la ley española que regula el divorcio 'exprés'

La pareja estaba formada por un español y una italiana que llevaba sólo un año y medio de matrimonio

EUROPA PRESS - Roma - 15/06/2009

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Por primera vez, la Justicia italiana ha aplicado la ley española que regula el divorcio exprés en el caso de una pareja formada por un español y una italiana que llevaba sólo un año y medio de matrimonio. "Para obtener el divorcio en Italia, es necesario que pasen un mínimo de tres años a partir del inicio del proceso", explicó Marco Antonio Vallini, uno de los abogados que ha asistido a la ciudadana italiana. "La novedad de este caso es que es la primera vez que la magistratura italiana aplica la ley española del divorcio, ya que hasta ahora sólo se habían dado casos de homologación, es decir, reconocimiento de una sentencia dictada en España", detalló Vallini. Después de estudiar el caso, la jueza del Tribunal de Florencia Silvia Governatori decidió conceder el divorcio a esta pareja basándose en la normativa española, que permite a los cónyuges pedir el divorcio a sólo tres meses del matrimonio y obtenerlo seis meses después. La pareja en cuestión llevaba un año y medio casada y, después de algunos meses de convivencia, se separó. A partir de entonces, el marido decidió residir en España y la mujer, en Italia. Fue entonces cuando la mujer inició los trámites para que la Justicia italiana le concediera el divorcio, que finalmente llegó hace dos semanas, convirtiéndose en el primer caso conocido de divorcio exprés dictado en Italia. Preguntado sobre las razones por las que la justicia italiana puede aplicar una ley española, Vallini explicó que "esto es posible gracias a las normas del derecho privado internacional" por las que "se puede aplicar la ley del cónyuge español siempre y cuando ésta no cree problemas de constitucionalidad en Italia", que, en este caso, "no tienen lugar", precisó.

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