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El Supremo ordena el ingreso en prisión de los dos jueces condenados a seis y cuatro años por soborno

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por su titular, Enrique Ruiz Vadillo, ha condenado a penas de cinco años y cuatro años y cuatro meses de prisión a los jueces de primera instancia de Barcelona Carlos Lorenzo-Penalva de Vega y Joaquín García Lavernia, respectivamente, como autores de un delito de cohecho (soborno). Lorenzo-Penalva ha sido condenado también a un año y cuatro meses de cárcel por delito de falsedad. La sentencia ha sido ejecutada inmediatamente, y el tribunal ha dado ya las órdenes para el ingreso en prisión de los magistrados. Es el primer caso de condena a jueces, al menos desde 1975.

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Carlos Lorenzo-Penalva, de 57 años, y García Lavernia, de 58, han sido condenados también al pago de sendas multas de 38 y 20 millones de pesetas, respectivamente, así como a 11 años de inhabilitación para ejercer cargo público el primero, y 10 años y dos meses el segundo. Esto quiere decir que ninguno de los dos magistrados una vez cumplida la condena, podrá volver a la carrera judicial. Ambos han sido absueltos, sin embargo, de] delito de prevaricación (dictar a sabiendas resolución injusta) del que también estaban acusados.Gárcía Lavernia fue detenido ayer en Salou (Tarragona), donde se hallaba de vacaciones, en tanto que Carlos Lorezno-Penalva no había sido localizado en su domicilio de Barcelona. García Lavernia ingresó anoche en la prisión de Lérida-2.

Contra la sentencia dictada no cabe recurso en la vía ordinaria, aunque sí podría interponerse recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Joan Piqué Vidal, abogado de los dos magistrados que recogió la sentencia a mediodía de ayer, no quiso hacer comentarios a la sentencia.

Los otros seis restantes procesados también han sido condenados y todos ellos ingresarán en prisión a excepción de Gloria Viñals y Fernando Sánchez. A todos ellos se les impide ejercer la abogacía o cualquier otra actividad relacionada profesionalmente con los tribunal del justicia durante el tiempo de su condena.

Luis Lorenzo-Penalva de Vega, de 61 años, abogado y hermano del juez del mismo apellido ha sido condenado a cinco años y ocho meses de cárcel por cohecho y falsedad, así como a una multa de 50 millones. Luis Lorenzo-Penalva se presentó voluntariamente en la tarde de ayer en la cárcel Modelo de Barcelona, donde quedó ingresado provisionalmente en sus dependencias sanitarias hasta que se le asigne una celda, informa la agencia Efe.

Juan de la Cruz Magri Barrera, de 48 años, ha sido penado con tres años de prisión y 13 millones de multa; Joaquín Carlos Vidal Ríus, con dos años de cárcel y nueve millones; Pedro Norberto Trullas Cabanas, con dos años y seis meses y multa de 5,5 millones, y Fernando Sánchez Sánchez, con un año y 5,5 millones, todos ellos por cohecho. Gloria Viñals Gabañach ha sido condenada a un año y siete meses de prisión y a ocho millones de pesetas de multa, por cohecho y falsedad.

Denegación de auxilio

El Supremo, en el fallo de la sentencia, precisa que no procede solicitar al Consejo General del Poder Judicial "ninguna investigación general sobre actuaciones judiciales en los procesos concursales" en Cataluña, "por no aparecer en las actuaciones practicadas nada que conduzca a ello, sin perjuicio, obviamente, de las medidas que en cumplimiento de la importante misión que le corresponde de acuerdo con la Constitución y su propio estatuto, pueda adoptar".

El alto tribunal tampoco considera procedente realizar nuevas investigaciones sobre el abogado Alfredo Consolación Montseny, cuyo procesamiento ha sido pedido al menos en dos ocasiones por el fiscal, y que la sala ya denegó anteriormente.

La sentencia declara probado que en 1980, García Lavernia y Lorenzo-Penalva, titulares de los Juzgados de Primera Instancia números 2 y 6 de Barcelona, se concertaron con el hermano del segundo, propietario de un importante despacho de abogados de la capital catalana, para el nombramiento a favor de Luis y de sus colaboradores más inmediatos, de los cargos de comisarios, interventores o depositarios en los procedimientos de quiebra y suspensión de pagos que se tramitasen en sus juzgados. Como contrapartida por los nombramientos, los dos jueces recibían una importante participación, no siempre igual, en proporción a las percepciones o utilidades derivadas de las remuneraciones obtenidas por medio de las designaciones. Al acuerdo se incorporaron pronto Magri, Gloria Viñals y Vidal, debido a la dificultad en canalizar todas las operaciones, ilícitas, sólo a través de Luís Lorenzo-Penalva.

El acuerdo se hizo extensivo también al despacho de otro abogado, Antonio Capmany, ya fallecido, íntimo amigo de García Lavernia, en el que colaboraban los procesados Sánchez y Trullas. La sentencia relata que García Lavernia realizó nombramientos de interventores a los otros procesados en, al menos 15 suspensiones de pagos y quiebras, entre las que destacan las del grupo Mundo. Carlos Lorenzo-Penalva, por su parte, realizó designaciones de los otros acusados en 11 suspensiones y quiebras. García Lavernia recibió como mínimo siete millones y medio de pesetas de Trullás, Sánchez y el despacho de Luis Lorenzo-Penalva. El juez Lorenzo-Penalva obtuvo por el mismo procedimiento al menos 18 millones y medio de pesetas. El Supremo precisa: "Que las cantidades descritas son aquellas cuyas entregas aparecen a través de la extensísima prueba documental ( ... ) como absolutamente probadas."

Negocio entre hermanos

J. YLa sentencia del TS señala que los dos hermanos Lorenzo-Penalva, para justificar los pagos que el abogado realizaba al juez, confeccionaron y firmaron dos documentos privados en el que se aparentaba un acuerdo de liquidación de la herencia de su padre. En uno de los documentos se estipulaban las entregas de dinero y en el otro, la acreditación de haber recibido las cantidades. Los documentos eran falsos y fueron elaborados para ser utilizados en el juicio como prueba de descargo.

El magistrado y Gloria Viñals, para justificar la entrega de casi tres millones de pesetas, prepararon varios documentos falsos sobre la compraventa inexistente de una parcela. Estas maniobras en los escritos se hicieron en la misma máquina de escribir el día en que Gloria Viñals fue interrogada por la policía sobre su relación con la corrupción de los jueces.

El tribunal razona que las explicaciones no convincentes o contradictorias de los procesados, aunque por sí mismas no sean suficientes para declarar culpables a quienes las profieran, sí son un dato a tener en cuenta en la indagación racional y rigurosa de lo ocurrido.

El Supremo. considera probada la realidad de las percepciones por parte de los jueces y señala que "todos los datos existentes, no desvirtuados, conducen a afirmar que se trataba de repartos, auténticas distribuciones proporcionales a los ingresos de los otros procesados por sus ilícitas retribuciones, siempre ¡lícitas por su origen, de las que resultaban beneficiarios los jueces". Además, al alto tribunal puntualiza que al falsificar los documentos no pretendían otra cosa que "blanquear" la procedencia de las retribuciones ilegales.

Por último, el Supremo ha recogido la tesis de Joan Piqué, abogado de los jueces, para absolverles del delito de prevaricación, por carecer de tipificación las providencias dictadas.

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