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ECOLOGÍA

El Gobierno rebaja el índice de los niveles permisibles de contaminación atmosférica

El Consejo de Ministros aprobó ayer un real decreto por el que se establecen nuevas normas de calidad del aire y se reserva la posibilidad de rebajar los índices permisibles de contaminación atmosférica, especialmente la que se produce por dióxido de azufre y partículas en suspensión. Las emisiones de dióxido de azufre proceden básicamente de las centrales térmicas y las partículas en suspensión de las fábricas de cemento y del tráfico rodado.De acuerdo con este real decreto el Gobierno modifica parcialmente otro decreto anterior (de 6 de febrero de 1975) y fija los niveles de contaminación que pueden considerarse como el límite máximo tolerable de presencia en la atmósfera de cada contaminante, aisladamente o asociado con otros. Paralelamente comienza con este nuevo decreto, según han puesto de relieve fuentes oficiales, la adecuación de la legislación en materia de medio ambiente a las prácticas de la CEE.

El real decreto sobre contaminación atmosférica fija tres conceptos de contaminación: los valores límite, los valores guía y los valores de referencia para la declaración de la situación de emergencia. Estos valores se determinan en función de las concentraciones de los contaminantes, del tiempo de exposición a las sustancias contaminantes y de las situaciones preexistentes.

Este sistema permite una calificación sanitaria que hace referencia a las siguientes situaciones: atmósfera higiénicamente admisible, atmósfera contaminada, emergencia de primera clase, emergencia de segunda clase y emergencia total. Las dos primeras situaciones corresponden a estados de cronicidad mientras que el resto corresponde a condiciones episódicas.

Aquellas zonas donde se superen los valores límite serán declaradas por el Gobierno zonas de atmósfera contaminada (ZAC) a propuesta de la Comisión Interministerial del Medio Ambiente (CIMA) o de las Comunidades Autónomas o corporaciones locales interesadas.

Zonas industriales

Por otra parte, cualquier persona, natural o jurídica, pública o privada, podrá dirigirse por escrito motivado al alcalde o a los organismos autonómicos o de la Administración expresando razonadamente la situación de contaminación y solicitando la tramitación de expediente para la declaración o cese de zona atmosférica contaminada.En la actualidad los problemas más graves producidos por la contaminación atmosférica se centran en España tanto en las grandes zonas industriales como en grandes áreas metropolitanas. Los términos municipales de Avilés, Badalona y San Adrián del Besós, Cartagena, Huelva y Bilbao son áreas industriales que presentan importantes problemas de contaminación atmosférica. También hay que incluir en esta consideración las áreas urbanas de Madrid y Barcelona. Estos lugares ya han sido declarados zonas de atmósfera contaminada, lo que conlleva la posibilidad de acceder a diversas ayudas para actividades de descontaminación.

La declaración de zona contaminada llevará consigo automáticamente un plan de medidas a adoptar tendentes a mejorar progresivamente la calidad del aire mediante la disminución de las concentraciones de dióxido de azufre y de partículas en suspensión hasta alcanzar al menos los valores límite.

La vigilancia de la calidad atmosférica, cuya promoción y coordinación corresponde a la CIMA, se establecerá a partir de los datos suministrados por la Red Nacional de Vigilancia y Previsión de la Contaminación Atmosférica. Esta red fue creada en 1980 y en la actualidad se extiende por 53 núcleos de población correspondientes a 24 provincias.

Los problemas ambientales atmosféricos proceden en España fundamentalmente de las emisiones de contaminantes de las centrales térmicas, de las fábricas de cemento y de las de alúmina. La presencia de plomo en la gasolina y la de compuestos de azufre en los combustibles empleados para la calefacción doméstica respresentan, por otra parte, la principal fuente del deterioro ambiental urbano.

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