El Supremo anula otro fallo sobre Ciudadanía

El Tribunal Supremo ha vuelto a quitar la razón al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que consideran que la asignatura Educación para la Ciudadanía vulnera la libertad religiosa e ideológica. El alto tribunal andaluz suprimió, en abril de 2008, las referencias al género recogidas en la normativa que aprobó la Junta de Andalucía para implantar la asignatura.
Los jueces del TSJA asumieron en aquella resolución la tesis, liderada por la Conferencia Episcopal, de que Educación para la Ciudadanía impone una "ideología de género" (defender que a la persona no le define el sexo, sino la opción sexual que elija), y anuló parcialmente cuatro apartados de las órdenes autonómicas que rigen la asignatura. Los jueces también instaron a suprimir otra frase en la que la Junta explica que Ciudadanía fomenta el respeto "a todas las opciones vitales", y un párrafo que apunta a la adolescencia como "etapa fundamental en la definición de identidades".
La Junta, la fiscalía y el abogado del Estado recurrieron el fallo, por lo que el TSJA aceptó aplazar su aplicación hasta que dictaminase el Supremo. Sus jueces, como ya hicieron cuando negaron el derecho de objeción de conciencia a Ciudadanía, defienden la constitucionalidad de la asignatura y rechazan que colisione con la libertad ideológica y religiosa.
"En realidad, lo que se pretende es comprobar el conocimiento y comprensión de los elementos que distinguen la condición de ciudadano en nuestro Estado social y democrático de Derecho y la consiguiente capacidad o aptitud para ejercerla respetando ese marco de convivencia", señalan los jueces.
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