PERE RÍOS - Barcelona - 05/02/2010
A la cárcel por el ruido de un pub. El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia que dictó la Audiencia de Barcelona por la que condenó a penas que suman cinco años y medio de cárcel para la propietaria de un pub de esta ciudad por las lesiones provocadas a los vecinos del inmueble. Ésta es una de las sentencias más duras dictadas en España por este motivo.
Después del pronunciamiento del Supremo es muy probable que la propietaria ingrese en prisión, aunque esto aún debe decidirlo el tribunal.
La sentencia relata que entre el 7 de abril del 2005 y el 10 de mayo del 2006 María del Carmen Ahijado Villaroel fue la propietaria del pub Donegal, ubicado en el número 44 de la céntrica calle de Nou de la Rambla. Allí funcionaba un equipo de música hasta las tres de la mañana que "perturbó gravemente la vida familiar y la salud psíquica" de cuatro vecinos. Éstos denunciaron a la mujer y el Ayuntamiento de Barcelona le abrió un expediente instándole a cumplir la ordenanza municipal. Sin embargo, este hecho nunca se produjo. Por ello, los perjudicados denunciaron a la fiscalía las molestias que finalmente han acabado en condena, pues la propietaria se volvió a negar a realizar las medidas correctoras que le demandaron en posteriores inspecciones.
El tribunal condena a la mujer como responsable de un delito contra el medio ambiente a cuatro años y un día de cárcel. También le impone otras tres penas de seis meses cada una por otros tantos delitos de lesiones cometidas contra los afectados.
Finalmente el tribunal ordena a Ahijado que indemnice a cada uno de los tres vecinos con 6.000 euros por los daños provocados.
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Susana B.
- 08-02-2010 - 17:08:28h
Por favor, una sugerencia: leanse la sentencia todos aquellos que dicen que el ayuntamiento no hizo nada. Hubo varias órdenes de clausura y precinto del local que la "buena señora" desobedeció, reabriendo el local precintado. Datos sentencia: TS Sala 2ª, fecha 5 noviembre 2009, número de recurso 954/2009. Y después de leer opinen con algo de criterio. Gracias.
100
Carlos PM
- 08-02-2010 - 16:59:54h
Es curioso como hay gente que se empeña en no leer o no analiza lo que lee. De dónde se saca eso de que el Ayuntamiento no hizo nada? Clausuró tres veces el local y la condenada rompía los precintos. En fin.
99
Jose
- 06-02-2010 - 20:48:18h
Leyendo los comentarios se da uno cuenta de la diferencia entre lo que se dice en una noticia y lo que entiende la gente: la noticia dice que la pena es de cinco años y medio por el ruido cometido durante poco mas de un año de actividad, pues le damos la vuelta y la actividad estuvo cinco años, ah, y según la gente sin acción del ayuntamiento, a pesar de que cluasuró el local tres veces. En fin, que eso, o alguien no sabe escribir o alguien no sabe leer. Espero que al menos los que tienen locales de negocio, coches con radios de 200 watios de sonido si se enteren de la noticia.
98
Contumaz
- 06-02-2010 - 14:25:18h
Esta señora Ahijado o está algo tocada mentalmente o está sorda. Tantos años desoyendo las quejas vecinales, las denuncias, el expediente del Ayuntamiento, las exigencias de fiscalía... y sin enmendarse. Merece la condena. Y desde luego debe sentar jurisprudencia, para que todos los ruideros espabilen.
97
Mnl
- 06-02-2010 - 13:59:33h
Cinco años sufriendo los ruídos de esta impresentable son muchos años. Los efectos del ruído sobre la salud pueden ser muy graves. ¿Quién se cree esta "individua" para negarle el derecho al descanso en su propia casa a una comunidad de vecinos, niños incluidos? La pena puede parecer desproporcionada, pero teniendo en cuenta que no pasará ni un año, me parece que se lo merece. Pero estoy con los que reclaman la corresponsabilidad del Ayuntamiento por no haber cumplido con su obligación de precintar el local. Ellos son los que tendrían que pagar parte de la indemnización económica.
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