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Una mujer demanda a Tabacalera tras la muerte de su marido por cáncer de pulmón

Es la primera denuncia en España por las consecuencias del tabaco

La viuda de un fumador de 43 años que falleció a causa de un cáncer de pulmón ha demandado a Tabacalera y reclama una indemnización de 60 millones de pesetas al considerar que la muerte se produjo por la gran adicción que su marido tuvo al tabaco durante 27 años. La demanda fue presentada el pasado miércoles en Barcelona. Se trata de la primera acción judicial de este tipo que llega a los tribunales en España, donde han fallecido 600.000 personas en los últimos 15 años a causa de cánceres y enfermedades respiratorias o vasculares atribuidas al tabaco.

Más información
Los precedentes judiciales en Estados Unidos

El texto de la demanda explica que la víctima, Emilio Carramiñana Puig, empezó a fumar a los 14 años y no lo dejó hasta dos años antes de morir, el 19 de noviembre de 1993. Durante este tiempo, el hombre consumió diariamente entre 50 y 60 cigarrillos de tabaco negro y, según el abogado de la familia, Gustavo Cirac, el fallecido nunca estuvo expuesto a "otros agentes cancerígenos". Carramiñana trabajaba como fotógrafo y no tenía antecedentes familiares que pudieran provocar un origen genético del cáncer.Emilio Carramiñana dejó de fumar en 1991, después de muchos esfuerzos, y empezó a sentirse mal en agosto de 1993. La viuda, África Pulgar Ross, de 40 años y que también es fumadora, explicó ayer que hasta entonces no había tenido ningún problema de salud y que los médicos pensaron que podía tratarse de un proceso tuberculoso. Ante la alarmante pérdida de peso, el hombre fue ingresado en el Hospital Clínico de Barcelona el 19 de octubre de 1993, donde se le diagnosticó el cáncer de pulmón. Falleció al cabo de un mes.

Prueba científica

En la demanda se explica que "la relación entre tabaco y cáncer de pulmón es, al día de hoy notoria y científicamente probada", y el abogado aporta el informe del hospital que refleja que la muerte se produjo a causa del tabaco.

La demanda considera que existe un contrato tácito entre el fumador y Tabacalera, como vendedora de cigarrillos, "ya que lo único que desea obtener este cliente-usuario es un placer o el disfrute del sabor del tabaco". El abogado entiende que la advertencia de que "el tabaco perjudica seriamente [al la salud" que aparece en los paquetes de cigarrillos forma parte de ese contrato tácito y no es suficiente para eximir de responsabilidad civil a Tabacalera.

"Te dicen vagamente que hay un riesgo, pero no te dicen cuál, ( ... ) el consumidor no puede tomar una decisión adecuada con tan baja información", asegura la demanda, en la que se matiza también que esa advertencia es inútil en el caso de los analfabetos. En este sentido, señala que el fallecido dejó de fumar "cuando supo que el tabaco le hacía daño ( ... ) pero ya era tarde, el daño estaba hecho".

El letrado asegura que la situación sería distinta si a los fumadores se les exigiese firmar una renuncia expresa a los daños que pudiera sufrir, explicándoles los riesgos que corren; y se les entregara un carnet de fumador que les permitiese adquirir el tabaco.

Un portavoz de Tabacalera declinó ayer hacer cualquier comentario hasta que los abogados de la compañía estudien la demanda, de la que no tienen constancia oficial. Las mismas fuentes explicaron que el abogado de la familia se dirigió a la compañía antes de presentar la demanda para lograr un acuerdo económico, "corno hace cualquier abogado educado", aseguró Gustavo Cirac. El letrado recuerda que no existe ningún precedente en España de una reclamación de este tipo, tan habituales en Estados Unidos, pero precisa también que nadie pensaba hace unos años que los tribunales españoles concederían indemnizaciones por imprudencias médicas.

Según un estudio de las universidades Autónoma de Madrid y del País Vasco, entre 1987 y 1992, murieron más de 600.000 personas en España por cánceres o enfermedades respiratorias o vasculares. En los años objeto de estudio, casi un tercio de los fallecimientos se deben al cáncer broncopulmonar, un 20% a enfermedades obstructivas crónicas; un 14,5 a cardiopatías y un 12,6 a enfermedades cardiovasculares.

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