Miércoles, 10/2/2010, 16:06 h

ELPAIS.COMSociedad

REPORTAJE

Víctimas protegidas a su pesar

La ley obliga a penas de alejamiento en las condenas por maltrato - ¿Puede un juez impedir una reconciliación? - El Constitucional y Luxemburgo deberán aclararlo

MÓNICA CEBERIO BELAZA 08/10/2009

 
Vota
Resultado Sin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible 66 votos

Magatte y Eva salieron a tomar una copa el 4 de agosto de 2007. Discutieron. Eran pareja y convivían desde hacía cuatro años. Magatte no fue a casa hasta las seis de la madrugada. Eva estaba durmiendo. Él le dio varios puñetazos en el cuerpo y en la cara. Después, cogió un cuchillo y lo clavó en el colchón, en la pared y en el armario. Mientras, gritaba: "Eres una blanca de mierda, yo soy un negro y no tengo miedo a la policía. Te mataré". Fue condenado a 16 meses de cárcel por lesiones y amenazas en noviembre de 2007. Y los jueces dictaminaron que no podría acercarse a Eva en un año y nueve meses.

La Audiencia de Tarragona cree que la medida va contra "la vida privada"

El Gobierno baraja cambiar la ley para que el alejamiento no sea forzoso

"La maltratada no tiene capacidad para valorar el riesgo", dice una experta

La decisión atenta contra la dignidad de la mujer, afirma un magistrado

Pero se acercó. Porque ella quiso. Casi de inmediato, después de la condena, la pareja reanudó la convivencia. Meses después, los vecinos oyeron gritos en la casa, en un pueblo de Tarragona, y llamaron a los Mossos d'Esquadra. Descubrieron que la orden de alejamiento no se cumplía y a él lo condenaron por quebrantar la condena. Magatte apeló.

Eva pide a la justicia que le deje vivir con su agresor. No entiende que el Estado se meta en su vida. Dice que es una "víctima" de la normativa penal. Las leyes obligan a que en todas las sentencias por maltrato se imponga una pena de alejamiento. Varios jueces han presentado cuestiones de constitucionalidad por este artículo del Código Penal (el 57.2) y la Audiencia de Tarragona ha llevado el caso de Eva y Magatte al Tribunal de la UE. Los magistrados tarraconenses creen que la ley es contraria al derecho comunitario en su principio "al respeto de su vida privada y familiar".

No es una cuestión fácil de resolver. ¿Se debe proteger a las víctimas contra su voluntad? Por un lado está el derecho de cualquiera a hacer con su vida lo que le venga en gana, incluso si eso conlleva ponerse en riesgo. Pero, por otro, ¿qué ocurre si la mujer muere o es gravemente agredida? ¿Quién es el responsable? ¿Ella? ¿El Estado por no haberla protegido? ¿Deben tener los jueces capacidad para decidir lo más conveniente o se les debe obligar a que impongan el alejamiento en todas y cada una de las sentencias?

El Código Penal se reformó en 2003 para establecer el alejamiento obligatorio para la violencia machista y doméstica, cuando gobernaba el PP -dos años antes de que se aprobara la Ley de Violencia de Género-. Antes de esa fecha, eran los jueces los que tenían la última palabra. El Gobierno baraja la posibilidad de modificar la ley para que los jueces puedan volver a decidir, pero no hay ninguna decisión tomada. En el Ministerio de Igualdad estudian la cuestión. Pero tardan en decidir. Ya en febrero de 2006 el entonces ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, anunció que el Ejecutivo estaba "dispuesto a contemplar" que el alejamiento fuera una pena "flexible".

Juzgados y Audiencias Provinciales han presentado, desde 2005, una veintena de cuestiones de constitucionalidad por este artículo del Código Penal, pero el Tribunal Constitucional no se ha pronunciado. Hay consenso dentro de la judicatura sobre la conveniencia de la reforma. Los magistrados entienden que hay casos de maltrato leve y puntual, sin riesgo de reincidencia, en los que no tiene sentido impedir a la mujer volver con su pareja si ese es su deseo. En este sentido, se pronunció el grupo de expertos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en abril de 2006. Añadieron que si la ley no se modifica y tienen que imponer el alejamiento en todos los casos, al menos se les debería permitir poder dejar en suspenso la medida.

Por otro lado, los jueces dicen que las razones que llevaron a que se impusiera esa norma ya no existen. "Las órdenes de alejamiento se introdujeron en la legislación en 1999", explica la presidenta del Observatorio de Violencia de Género del CGPJ, Inmaculada Montalbán. "Se establecieron como pena obligatoria para los casos de violencia de género y doméstica en 2003 porque, al ser una pena tan reciente, los jueces no estaban acostumbrados a imponerla y la usaban poco. Pero ya ha cambiado la cultura de los jueces. El alejamiento está normalizado y no existe ese riesgo".

Algunas asociaciones de mujeres no están de acuerdo. "Los jueces son todavía precavidos a la hora de dictar medidas de alejamiento", señala Consuelo Abril, presidenta de la Comisión de investigación de Malos Tratos a Mujeres. "Poner esta decisión de nuevo en sus manos sería un retroceso. Los procedimientos penales son muy rápidos y el juez apenas tiene tiempo para ver cada caso. Por otro lado, la mujer maltratada no tiene capacidad para saber si está en riesgo. Lo que dice puede tenerse en consideración, pero ella está dentro del ciclo de la violencia y percibe el peligro que corre. En el caso de Eva, no creo que se pueda confiar en alguien que te ha pegado puñetazos y te ha amenazado de muerte".

Este último argumento lleva a la cuestión más peliaguda. Si se reformara la ley y se dejara la decisión en manos del juez, ¿debe protegerse a una mujer en contra de su deseo si se percibe que está en riesgo? La Audiencia Provincial de Valladolid, uno de los tribunales que ha acudido al Constitucional, consideró que cuando el alejamiento se impone contra la voluntad de la víctima "se atenta contra su dignidad y contra su derecho a decidir libremente con quién quiere compartir su vida".

El magistrado Ramón Sáez, que también ha cuestionado la constitucionalidad de este artículo, pregunta al alto tribunal si los poderes públicos tienen el derecho de separar a cónyuges y convivientes. Dice que, con esta medida, "la mujer pasa de estar sometida al maltratador a estarlo al Estado" y que "imponerle una medida de protección que ella no desea es persistir en el mito de que es incapaz de decidir por sí misma". "Al no distinguir los supuestos de riesgo de otros en los que no hay un pronóstico de peligrosidad, se impone a la mujer una solución única y se le confisca la posibilidad de optar. Además, identifica su comportamiento como un fenómeno patológico, al presentar su decisión de mantener la convivencia con su pareja como algo extraño y morboso".

En uno de los casos que juzgó Sáez, un chico le había tirado una grapadora a su novia y le había provocado un hematoma. Ella le denunció pero continuaron viviendo juntos. La Fiscalía, que apoyó la cuestión de constitucionalidad, criticó el alejamiento obligatorio porque eliminaba "para los supuestos puntuales, ocasionales y de escasa gravedad, cualquier posibilidad de reconciliación o reparación extrajudicial".

Los jueces piden que les dejen usar su sentido común. "En los casos graves, el Estado estaría haciendo dejación de funciones si no dicta una orden de alejamiento aunque la mujer no lo desee", señala la magistrada Montalbán. "Pero en estos otros casos leves, debería dejarse al juez que decida, apoyado por informes técnicos que determinen que la voluntad de la mujer no está viciada y que no hay riesgo de reiteración delictiva". "El alejamiento obligatorio es ineficaz", señala Ramón Sáez. "Las parejas vuelven a vivir juntas diga lo que diga el Estado. Una pena de estas características está abocada al fracaso".


Vota
Resultado Sin interésPoco interesanteDe interésMuy interesanteImprescindible 66 votos

¿Qué es esto?Compartir:

Facebook  delicious  technorati  yahoo meneame myspace

Puedes utilizar el teclado:

aumentar texto disminuir texto Texto   

Otras ediciones

Comentarios - 109

Página 1 de 22

  • 109

    hayek - 09-10-2009 - 00:34:35h

    No seais tozudos, confiad en la sabiduría omnisciente de Aído, Zapatero y compañía. Ellos saben quién ha de poder ver a quién, y cuando. Lo hacen por vuestro bien; no seais ingratos. El Gran Hermano no da puntada sin hilo.

  • 108

    Avicena jr - 08-10-2009 - 23:37:38h

    Alejandro: Sin duda me expliqué muy mal. El alejamiento de la víctima, dado su contenido, no cumple una función punitiva propiamente dicha. Es más bien una medida de seguridad que pretende conjurar el riesgo de recidiva, cuando, dadas las circunstancias, se pueda apreciar ese peligro. Al transformarlo en pena, es de aplicación imperativa, lo que no ocurriría si se mantuviera como medida criminológica; de ese modo, condicionada su imposición al juicio judicial de peligrosidad en cada caso concreto, se evitarían los inconvenientes que se están produciendo en la práctica.

  • 107

    Aurora - 08-10-2009 - 20:27:46h

    Tu hija se niega a comer porque se ve gorda. Pasa un tiempo y la chica empieza a tener problemas de anorexia. La llevas al médico, al psicólogo, a donde haga falta, pero la chica se niega a comer. Adelgaza 25 kilos, se queda en puro pellejo ¿Debe la madre obligarla a comer ? ¿Debe respetar su decisión, ya que es mayor de edad, y dejarla morir? Sirva este ejemplo, para entender que siempre - y teniendo en cuenta que la orden de alejamiento se impone cuando existe riesgo para las víctimas- se debe intentar salvar la vida incluso a aquellos que no lo deseen o a quienes quieren poner en peligro su vida conviviendo con su enemigo: el maltratador.

  • 106

    andrés - 08-10-2009 - 18:57:36h

    Mi madre aguantó a mi padre , un cabrón vago, borracho y que nos pegaba a todos durante años.Borracheras, palizas , sin trabajar.Trabajaba ella limpiando oficinas y escaleras.Todo se lo consintió.Que nos pegase a nosotros, que nos fuimos de casa todos a la mili voluntarios( nsostros) y mis hermanas casándose con 17 y 18 años.Todo se lo consintió.Pero el día que se enteró que andaba con otra ,ese día estalló.Le echó de casa y pidió el divorcio.Debía ser muy bueno en la cama.Bendita la tierra que les cubre a los dos.

  • 105

    gabriel - 08-10-2009 - 17:28:18h

    La ley es la ley. Incluso para alguien que quiere hacerse daño, como esta mujer, que quizás no tiene la personalidad suficiente, o tiene carencias afectivas que la llevan a querer estar al lado de una persona que le hace daño. Es como cuando la ley castiga a un padre que maltrata a sus hijos, el derecho del menor a estar con sus padres no es una argumento válido. Por lo tanto, quien maltrata a a alguien (aunque tenga el consentimiento de la otra persona) está cometiendo un delito. La ley no siempre tiene razón, pero es como la democracia, es lo mejor que podemos lograr. Por otra parte, el mundo sería muy diferente si la ley se aplicara a todos por igual.

Página 1 de 22

Última hora

 
Dibujo de Luis F. Sanz
Ampliar

Dibujo de Luis F. Sanz- LUIS F. SANZ

 
 
 
 
asociados otros medios

© EDICIONES EL PAÍS, S.L. - Miguel Yuste 40 - 28037 Madrid (España)

Canal de la Sociedad de la Información