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La custodia compartida no será preferente en Cataluña

La custodia compartida de los hijos no será en Cataluña la opción preferente por la que deban optar los jueces en las separaciones o divorcios sin acuerdo entre los padres. La ley aprobada ayer en el Parlamento catalán con los votos de la izquierda (PSC, ER e ICV), no prevé esa posibilidad, aunque hasta poco antes de la votación se intentó introducir una enmienda en la que no hubo acuerdo. De esa manera, la senda abierta hace dos meses por Aragón no tendrá continuidad en otra comunidad con derecho civil propio.

La ley supone un avance en otros aspectos, de manera que deslinda la atribución del uso de la vivienda de la custodia de los hijos, en contra de lo que establece el Código Civil español, de manera que se podrá conceder al progenitor que quede en peor situación económica. Esa atribución, además, será limitada en el tiempo. También se obliga a los padres a establecer un plan de parentalidad sobre cómo ejercerán la guarda de los hijos.

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