PERE RÍOS - Barcelona - 30/03/2007
El Juzgado de lo Social número 18 de Barcelona ha declarado nulo el despido de una mujer al considerar que está "directamente relacionado con su condición de transexual" y ha condenado a la empresa en la que trabajaba a readmitirla. La sentencia es la primera de este tipo que se dicta en España y fue presentada por Gina Serra, una activista histórica del movimiento transexual que fue despedida de una residencia de ancianos a los nueve días de empezar a trabajar.
La empresa argumentó entonces que actuó así porque Serra no superó el periodo de prueba, pero nada de eso podía suceder porque no había firmado el contrato. Por eso, Euroresidencias Gestión SA admitió la improcedencia del despido y la indemnizó. Durante el juicio en el que se debatió la nulidad del despido, la empresa explicó que Serra dispensaba un trato brusco a los ancianos, pero la sentencia recuerda que ya se sabía que carecía de experiencia cuando la contrató.
La juez relata que la mujer aportó en la vista indicios de discriminación, como que se la invitó a cambiarse en los lavabos, y que la empresa no los rebatió. Por eso concluye que el motivo real del despido es su condición de transexual, lo que supone una vulneración del derecho a la igualdad y la no discriminación por razón de sexo. La sentencia puede recurrirse.
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