La justicia andaluza contradice al Supremo sobre Ciudadanía
Otra sentencia avala la objeción de conciencia a la asignatura

Los magistrados del Tribunal Supremo no lo tenían claro. Más de dos días llevaban discutiendo si se podía o no objetar a Educación para la Ciudadanía. Pero en la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no había dudas. El 28 de enero esta sala dictó que una familia de Granada tenía derecho "a ejercer la objeción de conciencia frente" a esta asignatura. Ese mismo 28 de enero, a eso de las 13.30, los magistrados del Supremo llegaron a la conclusión de que "no existe el derecho a la objeción de conciencia" y que la asignatura no alcanza "a lesionar el derecho fundamental de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".
Los expertos judiciales no tienen claro qué pasará a partir de ahora
La Sala Tercera del TSJA -de la que forman parte al menos dos jueces vinculados al Opus Dei y que sistemáticamente ha reconocido el derecho a la objeción- no aguardó al pronunciamiento del Supremo. Prefirió seguir amparando a los insumisos. "Lo lógico y lo razonable hubiese sido que esperaran a las deliberaciones del Supremo", señala María Luisa Balaguer, catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Málaga. Aquel 28 de enero el Supremo estaba analizando precisamente otra sentencia del TSJA que respaldaba a unos objetores.
Que los magistrados andaluces no esperaran a conocer la decisión del Supremo puede ser ilógico. Pero es legal, según reconoce Balaguer. En primer lugar, porque para que se siente jurisprudencia el Supremo tiene que dictar dos sentencias en el mismo sentido. Además, este tribunal, a diferencia del Constitucional, no tiene la obligación de publicar en el BOE sus fallos, con lo que el TSJA puede argumentar que desconoce sus decisiones. Y en último lugar, porque los magistrados andaluces siempre podrían ampararse en la "independencia judicial" e ignorar los pronunciamientos de órganos superiores, "siempre que haya un razonamiento legal", añade Balaguer.
Ante este panorama los expertos constitucionalistas consultados por este periódico no tienen claro qué ocurrirá a partir de ahora. El TSJA podría seguir dictando sentencias a favor de la objeción, que teóricamente serían luego tumbadas una a una por el Supremo, que ya ha fijado su posición, aunque todavía no ha hecho pública la sentencia sobre este asunto. "Sería una postura pueril", afirma Balaguer.
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