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Los juzgados de la mujer dictan más penas por agresión

Las sentencias absolutorias son el doble en las salas penales ordinarias

Carmen Morán Breña

Un acusado de agresión machista procesado en un juzgado de lo penal ordinario tiene el doble de posibilidades de salir absuelto que si su caso se ve en un juzgado especializado en violencia sobre la mujer. En estos últimos, el 79% de las sentencias dictadas han sido condenatorias, mientras que en los juzgados ordinarios lo son el 56%. Vistas las cifras, la reivindicación constante de elevar el número de juzgados especializados no parece un capricho; más bien al contrario, la falta de ellos puede originar dos formas distintas de hacer justicia para casos similares.

La presidenta del Observatorio contra la violencia doméstica y de género del Consejo General del Poder Judicial, Inmaculada Montalbán, insistió ayer en la necesidad de crear juzgados especializados "que abarquen más de un partido judicial", una medida que ya se está estudiando, o convertir en exclusivos los que ahora son mixtos. "Hay que avanzar en la formación especializada de los jueces en violencia de género, un fenómeno difícil de combatir por sus características", dijo. La violencia de género es posiblemente el único delito donde al acusado no le importa la presión penal (se entregan) ni a la víctima la reparación del daño (renuncian a enjuiciarlos). Montalbán presentó una guía para magistrados con los criterios para juzgar estos delitos "de acuerdo con la ley y con la jurisprudencia de los casos más polémicos".

La presidenta del observatorio considera que la diferencia de sentencias condenatorias entre unos juzgados y otros (ver gráfico) se debe a lo que cada uno entiende como prueba de cargo. "Los juzgados especializados actúan más rápido, de forma más eficaz y obtienen más sentencias condenatorias y más órdenes de protección", dijo. "Algunos juzgados mixtos tienen dificultades para dar una respuesta eficaz por la sobrecarga de trabajo", añadió.

Sobre el alejamiento obligatorio de los agresores cuando son condenados, Montalbán opinó que los jueces deberían poder prescindir de ello cuando consideren que "la violencia ha sido leve y cuando se tenga seguridad de que no hay riesgo para la víctima y que ella misma lo haya pedido".

Y se manifestó contraria a la dispensa a la que pueden acogerse las víctimas para no declarar contra su pareja cuando también es el agresor.

CARMEN MORÁN

Madrid

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Sobre la firma

Carmen Morán Breña
Trabaja en EL PAÍS desde 1997 donde ha sido jefa de sección en Sociedad, Nacional y Cultura. Ha tratado a fondo temas de educación, asuntos sociales e igualdad. Ahora se desempeña como reportera en México.

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