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Análisis:
Análisis
Exposición didáctica de ideas, conjeturas o hipótesis, a partir de unos hechos de actualidad comprobados —no necesariamente del día— que se reflejan en el propio texto. Excluye los juicios de valor y se aproxima más al género de opinión, pero se diferencia de él en que no juzga ni pronostica, sino que sólo formula hipótesis, ofrece explicaciones argumentadas y pone en relación datos dispersos

Un tratamiento integral

La violación es uno de los delitos que producen más estupor, alarma y repulsión en la opinión pública. Con ocasión de unos hechos espantosos ocurridos en Francia, el presidente Sarkozy lanzó la propuesta de la castración química de los violadores para satisfacer la exigencia social de castigo para los autores. Otros delitos de similar gravedad se han cometido en distintos países europeos, también en España, y se ha repetido la misma fórmula. El Gobierno, inmediatamente después del bochornoso escándalo del asunto judicial de Mari Luz, anuncia la propuesta de la castración química para los violadores.

La medida, con toda certeza, será ajustada a lo que permite nuestra Constitución. Pero la denominación es inconveniente. "Castración" significa extirpación de los órganos sexuales, y se corresponde con la exigencia más radical de los grupos que clamaban en rigurosos términos de venganza retributiva. Afortunadamente se han superado ya etapas históricas en las que subsistían restos de la ley de Talión.

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Sería contrario a nuestra civilización cortar la lengua al blasfemo, la mano al ladrón, y, lo que es más drástico, la cabeza al asesino. Es igualmente contrario a nuestra civilización, e incompatible con nuestra Constitución, como trato inhumano, condenar a la extirpación de los órganos sexuales al criminal violador. Y es igualmente inaceptable condenar al mismo resultado mediante tratamiento químico.

Otra cosa totalmente distinta es el tratamiento terapéutico integral del violador condenado. La exigencia constitucional de procurar su reinserción conlleva la necesidad de aplicar todos los recursos disponibles. En primer lugar, los punitivos. Pero también los terapéuticos, sean psiquiátricos, psicológicos, o farmacológicos, que, en cada caso, se precisen. Entre estos recursos cabe contemplar un tratamiento farmacológico para lograr la inhibición hormonal, aboliendo o disminuyendo la libido del paciente, del violador, sus fantasías sexuales y su erección. Como todo tratamiento médico debe ser aplicado por facultativo, con la expresa voluntad del paciente, lo que implica una posición activa hacia su reinserción que deberá beneficiarle en el tratamiento penitenciario.

Así pues, la denominada pena de castración química, ni es pena, ni es castración, ni es química. Es un recurso en beneficio del condenado que ya se aplica en algunas prisiones catalanas, en los casos en que se dan las circunstancias adecuadas. Pero los derechos del condenado, y sobre todo las garantías para los médicos y personal penitenciario, requieren la existencia de una ley que lo ampare expresamente y lo regule.

Para los violadores contumaces, incorregibles o reincidentes, esta medida será ineficaz y harán falta otros recursos penales, de proporcional incremento de la severidad. Por ejemplo, las máximas cautelas en la concesión de beneficios penitenciarios, o la vigilancia cuando salga de prisión temporal o definitivamente.

Esto ya puede, y debe, hacerlo la policía, pues es su misión la prevención del delito, pero sin limitar los derechos del que está en libertad. Una reforma legal debería incorporar a la ley española lo que ya es una institución penal en casi todos los países de nuestro entorno cultural, permitiendo un control judicializado de la conducta del excarcelado, incluso con limitación, parcial, de su derecho a la plena libertad de movimientos.

José María Mena es ex fiscal jefe de Cataluña y presidió la Comisión para el Estudio de las Medidas de Prevención de la Reincidencia en Delitos Graves..

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